ESCRITO PARA REMITIR SENADO

Escrito por barrelo5
AL SR. PONENTE DEL SENADO DE LA COMISIÓN DE DEFENSA D. (GPS)


D……………………….......... mayor de edad, con DNI número 00.000.000-X, D………………………........., mayor de edad, con DNI número 00.000.000-X, D. ………………………........,mayor de edad, con DNI número 00.000.000-X, D…………………….........., mayor de edad, con DNI número 00.000.000-X y D……………................, mayor de edad, con DNI número 00.000.000- X, domiciliados a todos los efectos y de notificación en …………….., c/ …………………………………………., código postal………….; todos Funcionarios Militares en situación de Reserva procedentes de Reserva Transitoria, por tanto con facultad para actuar en propio nombre y representación de AMEAUXET, agrupación de militares de la escala auxiliar del ejército de tierra. Ante su Señoría comparecemos y como mejor proceda DECIMOS:

Que el próximo 11 de octubre se reúne PONENCIA DE REVISIÓN de la comisión de defensa del SENADO y dado que el GPS ha presentado enmienda de modificación signada con el número 128. Por la que formula nueva enmienda de  a la disposición derogatoria única 2 al amparo del artículo 107 del Reglamento del Senado En dicha enmienda se conculcan los derechos económicos del personal de las TRES ÚLTIMAS PROMOCIONES DE LA ESCALA AUXILIAR EN (RT) DEL ET al ser incluidos en la (discriminatoria) DT11 de la Ley 17/99. La enmienda es la siguiente:


ENMIENDA128
modificación.

Se propone modificar el apartado 2 de la disposición derogatoria única que quedará con la siguiente redacción:

«2. Seguirán en vigor en tanto subsista personal al que les sea de aplicación las siguientes disposiciones de la Ley 17/1999, de 18 de mayo: disposición adicional octava, […] acceso de suboficiales al empleo de teniente; disposición adicional undécima, pase a la reserva; disposición adicional duodécima, perfeccionamiento de trienios; disposición transitoria tercera, régimen del personal de escalas a extinguir; disposición transitoria séptima, situación de segunda reserva de los oficiales generales; disposición transitoria octava, pase a la situación de reserva de oficiales generales; el apartado 2 de la disposición transitoria décima, régimen transitorio de pase a la situación de reserva; disposición transitoria undécima, reserva transitoria; disposición transitoria decimoquinta, Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria; disposición transitoria decimosexta, personal al servicio de Organismos civiles y el apartado 4 de la disposición derogatoria única.»


ENMIENDA DE CONTRASTE

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS) El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición derogatoria única. 2.De modificación.Se propone modificar el que quedará con la siguiente redacción:«2. en tanto subsista personal al que les sea de aplicación las siguientes disposiciones de la Ley 17/1999, de 18 de mayo: disposición adicional octava, […] acceso de suboficiales al empleo de teniente; disposición adicional undécima, pase a la reserva; disposición adicional duodécima, perfeccionamiento de trienios; disposición transitoria tercera, régimen del personal de escalas a extinguir; disposición transitoria séptima, situación de segunda reserva de los oficiales generales; disposición transitoria octava, pase a la situación de reserva de oficiales generales; el apartado 2 de la disposición transitoria décima, régimen transitorio de pase a la situación de reserva; disposición transitoria decimoquinta, Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria; disposición transitoria decimosexta, personal al servicio de Organismos civiles y el apartado 4 de la disposición derogatoria única.»

JUSTIFICACIÓN

Mantener en vigor el apartado 3 de la disposición adicional octava para no alterar la regulación del ascenso a teniente de los suboficiales que tuvieran el empleo de sargento con anterioridad al 1 de enero de 1977.


Es por ello,


Que la anterior ENMIENDA 128 debe de ser modificada parcialmente por la comisión de defensa del SENADO, con competencia plena, en la reunión de REVISIÓN que tendrán sus Señorías el próximo día 11-10-07. El Proyecto de Ley está ya en la fase de TRAMITACIÓN EN EL SENADO. Es el momento de hacer JUSTICIA a las tres últimas promociones de la escala auxiliar y cae en RT para que en el momento que se devuelva la LEY DE LA CARRERA MILITAR CONGRESO DE LOS DIPUTADOS deje ¡¡¡YA!!! de existir tal discriminación contra la RT. En cuanto tanto ESO SUCEDE y en propio nombre y representación de AMEAUXET, agrupación de militares de la escala auxiliar del ejército de tierra. Solicitamos a Vuestra Señoría que tenga a bien designar en la PONENCIA DE REVISIÓN el INFORME  correspondiente a la RT con la calificación de URGENTE y la imperiosa necesidad de modificación parcial de la enmienda 128 para poner punto final a TANTA DISCRIMINACIÓN a este colectivo. Dicha enmienda versará sobre la inclusión de las tres últimas promociones de la E.AUX.CAE del ejército de tierra en (RT) en la DT 8ª (RESERVA) de la Ley de la Carrera Militar para evitar con esa justa medida legislativa el quebranto injusto y discriminatorio a que se está sometiendo a este colectivo por los gestores del MINISDEF, MAPER. Señorías vuelven vuelven sus ilustrisismas a DISCRIMINAR a este colectivo al incluirlos a través de la enmienda de modificación nº 128 en la DT 11 DE LA Ley 17/99. Este personal se encuentra DISCRIMINADO perdiendo el 20% de sus RETRIBUCIONES y dentro del periodo de los 15 años por la injusta DT11. Tienen estos profesionales derechos adquiridos y reconocidos por el RD 1000/85 y DA8ª 3 de la Ley 17/89 que han sido conculcados gravemente por esa injusta DT11. Estos derechos adquiridos les fueron arrebatados por la injusta DT11 de la Ley 17/99 y que sus Señorías vuelven a incluir nuevamente en la enmienda 128. La Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, según enmienda de contraste, en principio no  recogía a la RT y según se observa en la enmienda de contraste que es  la primera modificación a la disposición derogatoria única 2 al entender que este personal en  RT está en reserva (de oficio) y por ello se les incluía sin más en la DT8ª de la ley de la Carrera Militar.

A esta parte interesa, por ser de estricta justicia, que el personal de la E.AUX.CAE EN RT quede recogido en la DT8ª de la Ley de la Carrera Militar, RESERVA. Con la justificación además, de que en lo sucesivo el ejército español se abstenga de ofrecer distintos baremos con los que favorecer ó perjudicar a determinadas escalas, dependiendo de su procedencia .

Es justicia que reiteramos en Madrid, 2 de octubre de 2007


Fdo. D.……………………primer firmante para recibir notificaciones

 

URGE

REMITIR AL SENADO POR CORREO ORDINARIO Y ELECTRÓNICO (PONENTES COMISIÓN DE DEFENSA) vuestra disconformidad con la enmienda 128; en el sentido de que la EAUX.CAE en RT NO DEBE SEGUIR EN LA DT 11ª DE LA LEY 17/99 POR SER RESTRICTIVA DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS ADQUIRIDOS POR  ESTE PERSONAL AL AMPARO DE LA D.A 8ª 3 DE LA LEY 17/89. Deben de quedar recogidos sus derechos económicos adquiridos (PERSONAL EN RT) en la DT8ª de la Ley de la Carrera Militar por estar en reserva y en consecuencia tener el derecho a percibir íntegras sus retribuciones hasta los 63 años, como el resto del personal en RESERVA.

PONENTES

ALEU I JORNET, RAMÓN (GPECP)
CABALLERO MOYA, HILARIO (GPS)
COMPANYS I SANFELIÚ, RAMÓN (GPCIU)
MUÑOZ-ALONSO LEDO, ALEJANDRO (GPP)
SACRISTÁN RODRÍGUEZ, JOSÉ ANTONIO (GPP)
UZQUIZA GONZÁLEZ, MIGUEL ÁNGEL (GPS)

 

 

 

DIRECCIÓN:

PLAZA DE LA MARINA ESPAÑOLA , 8

28013 MADRID

SECRETARÍA GENERAL DEL SENADO

dirgi@senado.es

91-538.14.37

www.senado.es


NAVEGAR POR LAS ENMIENDAS DEL SENADO

http://www.senado.es/legis8/expedie..._621000107.html

SENADO, L. C.M

Proyecto de Ley de la carrera militar.
 
Procedimiento: Ordinario
 
Número de expediente en el Congreso: 121/000114
Registrado el 03 de Julio de 2007, calificado el 12 de Julio de 2007
Órgano competente:
 

Comisión de Defensa

Situación actual en Comisión de Defensa: Pendiente de Informe desde 24 de Septiembre


PLAZOS

12 Sep 2007Fin plazo de enmiendas y propuestas de veto
18 Sep 2007Fin plazo ampliación plazo de enmiendas y propuestas de veto

TRAMITACIÓN

24 Sep 2007Designación de los miembros de la Ponencia. Comisión de Defensa


PONENTES
ALEU I JORNET, RAMÓN (GPECP)
CABALLERO MOYA, HILARIO (GPS)
COMPANYS I SANFELIÚ, RAMÓN (GPCIU)
MUÑOZ-ALONSO LEDO, ALEJANDRO (GPP)
SACRISTÁN RODRÍGUEZ, JOSÉ ANTONIO (GPP)
UZQUIZA GONZÁLEZ, MIGUEL ÁNGEL (GPS)

Enmiendas: 129

PUBLICACIONES OFICIALES: SENADO

  • BOCG. II, 107(a). Fecha:03-JUL-2007. Texto remitido por el Congreso
  • BOCG. II, 107(b). Fecha:12-SEP-2007. Ampliación plazo de enmiendas
  • BOCG. II, 107(c). Fecha:20-SEP-2007. Enmiendas
  • DS. Comisión de Defensa, 497 Fecha:20-SEP-2007.

    PUBLICACIONES OFICIALES: CONGRESO

    • BOCG. A, 114-1. Fecha:01-DIC-2006. Iniciativa
    • BOCG. A, 114-2. Fecha:20-DIC-2006. Ampliación plazo de enmiendas
    • BOCG. A, 114-3. Fecha:27-DIC-2006. Ampliación plazo de enmiendas
    • BOCG. A, 114-4. Fecha:30-ENE-2007. Ampliación plazo de enmiendas
    • BOCG. A, 114-5. Fecha:07-FEB-2007. Ampliación plazo de enmiendas
    • BOCG. A, 114-6. Fecha:14-FEB-2007. Ampliación plazo de enmiendas
    • BOCG. A, 114-7. Fecha:21-FEB-2007. Ampliación plazo de enmiendas
    • BOCG. A, 114-8. Fecha:28-FEB-2007. Ampliación plazo de enmiendas
    • BOCG. A, 114-9. Fecha:07-MAR-2007. Ampliación plazo de enmiendas
    • BOCG. A, 114-10. Fecha:14-MAR-2007. Ampliación plazo de enmiendas
    • BOCG. A, 114-11. Fecha:30-MAR-2007. Enmiendas
    • BOCG. A, 114-12. Fecha:24-ABR-2007. Índice de enmiendas al articulado
    • BOCG. A, 114-13. Fecha:18-JUN-2007. Informe de la Ponencia
    • BOCG. A, 114-14. Fecha:04-JUL-2007. Aprobación por la Comisión con competencia legislativa plena
    • DS. Pleno y Diputación Permanente Congreso, 243 Fecha:22-MAR-2007. Debate de totalidad
    • DS. Comisión de Defensa, 847 Fecha:19-JUN-2007. Ratificación de la Ponencia. Aprobación con competencia legislativa plena
    • DS. Comisión de Defensa, 851 Fecha:20-JUN-2007. Ratificación de la Ponencia. Aprobación con competencia legislativa plena
      SESIONES EN COMISION
      Comisión de Defensa
      (24-SEP-2007) Reunión de Órgano (Comisión/Ponencia Estudio) (Celebrada)
      (11-OCT-2007) Reunión de Ponencia
      (16-OCT-2007) Reunión de Órgano (Comisión/Ponencia Estudio)

ENMIENDA NÚM. 128
Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)
El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición derogatoria única. 2.

ENMIENDA
De modificación.

Se propone modificar el apartado 2 de la disposición derogatoria única que quedará con la siguiente redacción:

«2. Seguirán en vigor en tanto subsista personal al que les sea de aplicación las siguientes disposiciones de la Ley 17/1999, de 18 de mayo: disposición adicional octava, […] acceso de suboficiales al empleo de teniente; disposición adicional undécima, pase a la reserva; disposición adicional duodécima, perfeccionamiento de trienios; disposición transitoria tercera, régimen del personal de escalas a extinguir; disposición transitoria séptima, situación de segunda reserva de los oficiales generales; disposición transitoria octava, pase a la situación de reserva de oficiales generales; el apartado 2 de la disposición transitoria décima, régimen transitorio de pase a la situación de reserva; disposición transitoria undécima, reserva transitoria; disposición transitoria decimoquinta, Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria; disposición transitoria decimosexta, personal al servicio de Organismos civiles y el apartado 4 de la disposición derogatoria única.»

__

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS) El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición derogatoria única. 2.De modificación.Se propone modificar el que quedará con la siguiente redacción:«2. en tanto subsista personal al que les sea de aplicación las siguientes disposiciones de la Ley 17/1999, de 18 de mayo: disposición adicional octava, […] acceso de suboficiales al empleo de teniente; disposición adicional undécima, pase a la reserva; disposición adicional duodécima, perfeccionamiento de trienios; disposición transitoria tercera, régimen del personal de escalas a extinguir; disposición transitoria séptima, situación de segunda reserva de los oficiales generales; disposición transitoria octava, pase a la situación de reserva de oficiales generales; el apartado 2 de la disposición transitoria décima, régimen transitorio de pase a la situación de reserva; ; disposición transitoria decimoquinta, Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria; disposición transitoria decimosexta, personal al servicio de Organismos civiles y el apartado 4 de la disposición derogatoria única.»

JUSTIFICACIÓN
Mantener en vigor el apartado 3 de la disposición adicional octava para no alterar la regulación del ascenso a teniente de los suboficiales que tuvieran el empleo de sargento con anterioridad al 1 de enero de 1977.

EN PRINCIPIO LA DT11ª  DE LA 17/99 PARA LA RESERVA TRANSITORIA NO SE   RECOGÍA EN EL TEXTO  Y EN CONSECUENCIA  PERCIBIRÍAN LAS RETRIBUCIONES ÍNTEGRAS HASTA LOS 63 AÑOS, COMO EL RESTO DEL PERSONAL EN RESERVA...

AHORA,¡¡¡NO!! 

(SEGÚN TEXTOS DE CONTRASTE)

SEGÚN MODIFICACIÓN DE ENMIENDA A PROPUESTA DEL GPS LOS DE RT DE LAS  TRES ÚLTIMAS PROMOCIONES  DE LA EAUX SOLAMENTE PERCIBIREMOS ÍNTEGRAS NUESTRAS RETRIBUCIONES HASTA LOS 56 AÑOS Y SIN HABER AGOTADO LOS 15 AÑOS.

¡¡¡SEGUIMOS IGUAL!!!

ES DECIR, DISCRIMINADOS

EL RESTO DEL PERSONAL EN RESERVA Y ACTIVO  PERCIBIRAN ÍNTEGRAS SUS RETRIBUCIONES HASTA LOS 63 AÑOS... 

¿por qué nosotros no?

Editado por: barrelo3 (27/Septiembre/2007 - 21:03)

Albergado en:blogdiario.com

Noticias: Noticias

Un servicio de HispaVista

Contador gratis contadorplus.com