¿POR VENGANZA?
O será el dinero el que está detrás DEL ASCENSO, de la XXXII al XXXV Curso de las Armas y Cuerpos con sus correspondientes del CAE, POR SEGUNDA VEZ EN 20 AÑOS.
¡NO! porque con el PRESUPUESTO QUE TIENE HOY EL MINISDEF le supone como si a cada perjudicado le quitasen de su nómina 30 céntimos de € mensuales...
¿ ENTONCES POR QUÉ SE LES NIEGA POR SEGUNDA VEZ EL ASCENSO?
Es que no ha sido suficiente el ESCANDALOSO RETRASO Y POSTERGACIÓN QUE HAN SUFRIDO... (SIN JUICIO) AL QUE QUE NOS TIENE SOMETIDO EL JEME DESDE 1988.
¿SI FUESE COSA JUZGADA? YA NO SE LES PODRÍA APLICAR OTRA CONDENA... PERO, SI NI ES COSA JUZGADA, NI DINERO... ¿QUE ÉS?
¿POR QUÉ SE LES RETRASA OTRA VEZ EL ASCENSO EN OCTUBRE DE 2007... HASTA EL 2017... algunos en ese tiempo se habrán quedado por el camino?
Otra vez más SE HACEN DISTINGOS con el resto de las promociones de la E.AUX.CAE que se les otorga el derecho de ascenso a la entrada en vigor de la Ley de la Carrera Militar. Aunque esten en retiro, se lo retraen a la fecha que cumplieron los 61 años (les adelantan en el peor de los casos hasta 4 años) El resto por tener ya los 61 años, ni les perjudican ni les benefician, ahora.
¿POR QUÉ A NOSOTROS NOS VUELVEN A PERJUDICAR ENTRE CINCO Y DIEZ AÑOS CON EL RETRASO DEL ASCENSO HASTA LOS 61 AÑOS?
¿NO SERÍA MÁS JUSTO QUE TAMBIÉN SE NOS CONCEDIESE EL ASCENSO A LA ENTRADA EN VIGOR DE LA NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR?
Los que no tenemos esa edad de 61 años, es decir:
TODAS LAS PROMOCIONES DE LA XXXII A LA XXXV Y SUS CORRESPONDIENTES DEL CAE
¿POR QUÉ DEBEMOS ESPERAR HASTA LOS 61 AÑOS, OTRA VEZ MÁS, PARA OBTENER NUESTRO LEGÍTIMO ASCENSO QUE SE NOS DEBERÍA HABER OTORGADO EN 1988?
¿NO HEMOS ESPERADO SUFICIENTE?
Ayer, la disculpa, para COMETER EL ATROPELLO fue la proporción entre suboficiales, oficiales y jefes. Sólo se aplicó para MÁS INRI a las últimas promociones de la E.AUX.CAE, a nadie más. A LAS QUE HOY, VUELVEN APERJUDICAR DESCARADAMENTE. OFENDIENDO LOS MÁS ELEMENTALES PRINCIPIOS DE LA INTELIGENCIA. EN CUANTO A DERECHOS FUNDAMENTALES SE REFIERE.
¿ SI AYER FUE LA PROPORCIÓN ENTRE SUBOFICIALES, OFICIALES Y JEFES, HOY CUÁL ES LA DISCULPA PARA SEGUIR CON EL ATROPELLO ?
¡ASCENSO A LOS 61 AÑOS!
¿ POR QUÉ? ... ¿EN BASE A QUE?
¡NADA NOS REGALAN! señores generales de la digeper... NADA... HACE MUCHO TIEMPO QUE ES NUESTRO... NOS LO HAN ROBADO CON MALAS ARTES... MUY MALAS....
EL ASCENSO DEBE SER PARA TODOS LOS E.AUX.CAE A LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DE LA CARRERA MILITAR Y POR FECHA DE APTITUD DEL CURSO DE OFICIAL.
¡NUNCA POR EDAD!
NO COMETAN OTRO ATROPELLO CON LA E.AUX.CAE...
¡DIVIDE Y VENCERÁS!
La DIGEPER se ha aprendido bien el lema "DIVIDE Y VENCERÁS" . Lo está aplicando desde el mismo momento en que quiere OPTIMIZAR los privilegios para los DE SANGRE AZUL.
Hace distingos entre escalas, crea recelos entre los de la misma escala. A unos les otorga y a otros les niega... ESE ES EL LEMA DE LA DIGEPER.... DISCRIMINACIÓN PERPETUA...
¿NADIE DEBE ESPERAR EL FAVOR NI TEMER DE LA INJUSTICIA?... SÓLO PALABRAS...
¡QUE CLASE DE BURLA ES ESTA!
¿Por qué el ascenso a los 61 años? ... ¿porqué no a los 35 años? ... Este ascenso nos correspondía en el año 1988.
¿Por qué se dieron nuestras vacantes de ascenso a Oficial en el año 1987 a la E.Complemento. E. Oficinas Militares. E.Oficiales y E.S.O. en detrimento de la E.AUX.CAE?
HOY CON LA DA 10ª DE LA LEY DE LA CARRERA MILITAR TENEMOS UNA NUEVA VENGANZA CONTRA LA XXXII AL XXXV CURSO DE LAS ARMAS Y SUS CORRESPONDIENTES DEL CAE.
GOBIERNA EL PSOE IGUAL QUE EN EL AÑO 1989...
NOS NEGARON DE AQUELLA EL ASCENSO QUITÁNDONOS UN DERECHO ADQUIRIDO (NO ESPECTATIVA) POR LA DT5ª 1
AHORA, 20 AÑOS MÁS TARDE, NOS QUITAN OTROS DÍEZ AÑOS. NOS RETRASAN EL ASCENSO HASTA LOS 61 AÑOS... ¿POR QUÉ?... ¿QUÉ DELITO HEMOS COMETIDO?
Hagamos historia y podremos apreciar en toda su crudeza la TRISTE REALIDAD a la que ha estado y está SOMETIDA LA E.AUX.CAE EN SU CONJUNTO.
LA E.AUX.CAE HA SIDO MUY PERJUDICADA EN REFERENCIA A LAS DEMÁS ESCALAS DE OFICIALES DEL ET. SIN EMBARGO HAY DISTINTOS GRADOS DE DISCRIMINACIÓN INCLUSO DENTRO DE LA PROPIA E.AUX.CAE. EN CONCRETO ME REFIERO A LAS PROMOCIONES XXXII a la XXXV DE LAS ARMAS Y CUERPOS y sus correspondientes del CAE
ESTAS ÚLTIMAS PROMOCIONES HAN SIDO EXTERMINADAS. COMO SI DE UNA VENDETTA SE TRATASE.
HOY VOLVEMOS A LAS ANDADAS EN EL 2006. DA10ª L.C.M PUBLICADA EN EL BOCG EL 1-12-06.
EN DICHA DA 10ª, NOS RETRASAN EL ASCENSO ENTRE CINCO Y DIEZ AÑOS A LOS MISMOS.
¿POR QUÉ? SI YA NOS PERJUDICARON EN EL AÑO 1989.
¿SE HAN CONJURADO CONTRA NOSOTROS TODAS LAS FUERZAS POLÍTICAS DEL PSOE Y LOS GENERALES DEL MINISDEF?
¿POR QUÉ ESTA ENQUINA CONTRA LAS PROMOCIONES DE LA XXXII AL XXXV CURSO DE LAS ARMAS Y SUS CORRESPONDIENTES DEL CAE?
SI YA FUIMOS DISCRIMINADOS en el año 1989 por la DT5ª 1 de la Ley 17/89, CON ALEVOSIA Y NOCTURNIDAD.
¿POR QUÉ OTRA VEZ AHORA?
DICHA LEY 17/89 EN SU DT5ª 1, CONCULCÓ TODAS LAS FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO Y JURÍCO ESPAÑOL CONTRA ESTAS ÚLTIMAS PROMOCIONES
SE NOS ADMINISTRÓ LA DT5ª1 CON CARÁCTER RETROACTIVO ...
TUVIERON QUE ESTAR LOS DE LA DIGEPER RETRASANDO EN EL AÑO 1988 NUESTRO ASCENSO PARA ESPERAR A QUE PUDIERA ENTRAR EN VIGOR EL 1-01-1990 LA DT5ª 1 PARA NO ASCENDERNOS...
DESCARADAMENTE
HASTA NOS QUITARON DEL BOD CUANDO ESTABAMOS YA RELACIONADOS PARA OTORGARNOS EL ASCENSO
ENTRÓ EN VIGOR DICHA LEY 17/89 el 1.01.1990 ... HACÍA DOS AÑOS QUE TENÍAMOS EL APTO DEL CURSO Y LA VACANTE NOS CORRESPONDÍA POR LA LEY DE PLANTILLAS 40/1984 ANTES QUE OTRAS PROMOCIONES...
¿POR QUÉ NOS QUITARON ENTONCES DEL BOD EL 28-12-89 ?
SÓLO HEMOS SIDO MASACRADOS ESTAS PROMOCIONES.
Fuimos señaladas en su día por la DIGEPER y el PSOE ( de aquella en el gobierno) hizo el resto. Sacó la DT5ª1 que nos exterminó.
Nunca pudimos ascender en activo a Oficial.
HOY 20 AÑOS MÁS TARDE NOS VUELVEN A RETRASAR EL ASCENSO OTROS 10 AÑOS, se nos otorgará el ascenso a los 61 años. Casí a TÍTULO POSTUMO....
OTRA VEZ EL PSOE EN EL GOBIERNO y otra vez se nos vuelve a DISCRIMINAR en la misma DT10 de la LCM Y EN REFERENCIA con el resto del personal de la EAUXCAE.
Todos E.AUX.CAE adelantan cinco años su ascenso, es un decir. MENOS NOSOTROS. QUE SI NOS VUELVEN A RETRASAR entre cinco y diez años el ascenso.
¿Por qué?
CARTA ABIERTA AL COLECTIVO DE ESPOSAS DE LA E. AUX. CAE DEL ET
Estimadas compañeras: En primer lugar daros las gracias por vuestro apoyo y colaboración que de forma desinteresada y altruista habéis venido prestando como COLECTIVO ORGANIZADO a los miembros de la E.AUX.CAE.
En segundo lugar, después de haber sido informados de la decisión tan trágica que habéis tomado. Nos vemos obligado por la responsabilidad que tenemos como colectivo a mover ficha y tomar una decisión al respecto, ya que vuestra decisión de DEJAR LA LUCHA NO NOS PARECE ACERTADA. Son momentos críticos e importantes en esta última fase de esta “LUCHA” para INTENTAR CONSEGUIR LOS DERECHOS DE TODOS LOS E.AUX.CAE. REPETIMOS, NO NOS PARECE ACERTADA VUESTRA MARCHA. No obstante, estáis en vuestro pleno derecho de hacerlo, si en junta extraordinaria vuestra asamblea así lo acuerda.
Dicho esto, pasamos aclarar los malos entendidos que parecen ser la causa que ha REVOSADO EL VASO y llevado AL COLECTIVO DE ESPOSAS DE LA E.AUX.CAE a tomar tal decisión (“descabellada”) de abandonar la lucha:
Primero.- Creíamos haber dejado aclarado el entuerto con nuestras disculpas en los post de todos los foros que disponemos: leerlos por favor, antes de imputarnos acusaciones falsas.
Segundo.- En cuanto al comentario “EL ENEMIGO LO TENEMOS EN CASA”. Evidentemente vosotras como COLECTIVO DE ESPOSAS no sois nuestro enemigo, salta a la vista. Ni tampoco nos despellejáis por coherencia con vuestros esposos (nuestros compañeros) por los que lucháis.
Tercero.- En cuanto a los términos: CLAUDICACIÓN, BAJADA DE PANTALONES ETC, ya dijimos, que era para crear catarsis combativa entre los componentes de toda la E. AUX.CAE, no para ofenderos. Comprendemos la gran tensión que estáis atravesando en estos duros momentos y por ello vuestra sensibilidad la tenéis a flor de piel. No penséis en forma NEGATIVA, al contrario. Sabéis que si alguna cosa nos habéis pedido nos ha faltado tiempo para hacerla y publicarla.
Cuarto.- Decir públicamente para vuestra satisfacción y conocimiento que si ALGO SE LOGRA habrá sido, en gran parte, gracias a vuestro esfuerzo y constancia, sin olvidar AMARTE Y ARFAGA. En cuanto a nuestra suerte es la vuestra y viceversa.
Para terminar deciros que AMEAUXET, como agrupación, no menosprecia a NADIE por ser un colectivo al servicio e intereses de la E.AUX.CAE.
Por último para poner punto y final a este entuerto, pediros que recapacitéis antes de abandonar esta lucha, os necesitamos. Debemos crear unos cauces de contacto en los que intercambiemos nuestros puntos de vista antes de tomar una decisión y hacerla pública.
Fdo. El órgano colegiado de AMEAUXET
¿POR QUÉ?
Los militares en RT de la E:AUX:CAE, que pasaron a percibir o percibiran los emolumentos de la reserva a los 56 años, no tenían ni tienen agotados los 15 años cuando entró el 20 de mayo de 1999 en vigor la Ley 17/99.
¿Por qué entonces pierden los complementos y se le asigna el de disponibilidad y sin haber agotado los 15 años perdiendo el 20% de sus retribuciones?
TIENEN Y TENIAN EL DERECHO A EVOLUCIONAR ECONOMICAMENTE IGUAL A LOS ACTIVOS DE SU CATEGORIA PROFESIONAL DENTRO DE LOS 15 AÑOS.
HOY,a los de reserva procedente de la Reserva Transitoria se les sigue DISCRIMINANDO en la nueva Ley de la Carrera Militar.
TAMBIÉN SE ENCUENTRAN DISCRIMINADOS EN LA NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR EL PERSONAL QUE PASÓ UN AÑO ANTES QUE ENTRASE EN VIGOR LA LEY 17/99 a la reserva. CONOCIDA COMO ( RESERVA A PETICIÓN PROPIA) perdiendo también el 20% de sus complementos
¿POR QUÉ SE HACE DISTINGOS?
¿por qué se les discrimina entonces?
¡TODOS ESTAN EN LA RESERVA!
PERO SÓLO SE EXCLUYE A ESTOS DOS GRUPOS EN LA NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR.... ¿POR QUÉ?
Se contempla que el personal en reserva siga percibiendo el 100% por 100% de sus retribuciones hasta los 63 años, menos el personal en RESERVA PROCEDENTE DE RT Y RESERVA A PETICIÓN PROPIA.
"También se incrementan las retribuciones del personal en reserva que tenga entre 61 y 63 años, que pasan a percibir el 100 por 100 de las retribuciones del personal en activo sin destino. Hasta ahora dicho 100 por 100 se percibía hasta los 61 años."
¡ESTÁIS A TIEMPO DE PEDIR ENMIENDA A ESTA DISCRIMINACIÓN!
PRESENTAR ENMIENDA ANTES DEL 21-12-06 A TODOS LOS PORTAVOCES DE LA COMISIÓN DE DEFENSA....
¡A QUE ESPERAIS!
AL SR. PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DEFENSA D. JOAQUÍN LEGUINA HERRÁN (PSOE)
D. .............. D. ............, D..........., D. ............ D. ............... Actuando todos en interés propio y en representación de todos los socios y simpatizantes de AMEAUXET, agrupación de militares de la escala auxiliar y cae del ET. Los REPRESENTANTES aquí suscribíentes somos funcionarios militares en situación de reserva procedentes de reserva transitoria y pertenecientes a la E.AUX.CAE del XXXII al XXXV Curso y su correspondiente del CAE. ANTE SU SEÑORÍA Y COMO MEJOR EN DERECHO PROCEDA COMPARECEMOS Y DECIMOS:
Que por primera vez tenemos pleno conocimiento del Proyecto de Ley de la Carrera Militar que (GOBIERNO, AUTOR) es de conocimiento público mediante la publicación en el BOCG, el 1 de diciembre de 2006. Como funcionarios militares y al carecer de SINDICATOS que nos hubieran representado en la FASE DE ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE LA LEY DE LA CARRERA MILITAR. Hecho que no ha sucedido, al NEGÁRSENOS, UNA VEZ MÁS, EN EL PROYECTO LEY DE LA CARRERA MILITAR LOS DERECHOS ADQUIRIDOS QUE YA FUERON CONCULCADOS POR LA DT 5ª 1 DE LA Ley 17/89 (el Congreso de los Diputados en su día aprobó ,con carácter urgente se reparará a estas promociones en sus derechos violados, a propuesta del Grupo Parlamentario IU para reordenar la E.AUX.CAE por fecha de aptitud, derecho que se nos vuelve a negar y con retraso hasta los 61 años, de hecho se nos vuelve a retrasar nuestro ascenso entre 5 y 10 años, solamente a estas promociones). Es por ello, que nuevamente nos encontramos INDEFENSOS. Se nos NIEGA INTERESADAMENTE (EN DICHO PROYECTO) nuestros derechos como COLECTIVO DE LA E.AUX.CAE DEL ET, ya de por sí muy DISCRIMINADOS en referencia al resto del colectivo de Oficiales del ET.
Que tenemos conocimiento de que e el Proyecto de Ley de la Carrera Militar se encuentra inmerso en el PLAZO DE ENMIENDAS hasta el 21 de diciembre de 2006, para que los distintos Grupos Parlamentarios puedan y además deben ejercer su derecho para modificar la DA.10ª de la Ley de la Carrera Militar para hacernos justicia que desde 1989 venimos reclamando. Es por ello, que recurrimos a su Señoría para que atienda nuestras JUSTAS PETICIONES.
Que a esta parte INTERESA LA MODIFICACIÓN DE LA D. A 10ª como más adelante expondremos, actualmente la citada enmienda queda recogida como sigue:
“Disposición adicional décima. Reordenamiento de los escalafones de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra.
1. Esta disposición es de aplicación a los oficiales de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra, cuyo orden de escalafón se vio alterado por la ejecución de resoluciones jurisdiccionales en términos diferentes, con excepción de los oficiales que no realizaron o no superaron el curso de aptitud para el acceso a las Escalas auxiliares y al Cuerpo auxiliar de especialistas.
2. El Ministerio de Defensa procederá a escalafonar a los oficiales de las Escalas auxiliares de infantería, caballería, artillería, ingenieros, intendencia, sanidad, farmacia y veterinaria y a los del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra, con excepción de los que se encuentren en retiro, reordenándolos por cursos de aptitud para el acceso a las citadas escalas y, dentro de cada curso, por la puntuación en él obtenida, asignándoles los empleos y antigüedad que en cada caso proceda y de forma que a ninguno de los militares afectados por las sentencias se les asigne un empleo ni una antigüedad inferior a la que se haya derivado de la aplicación de la respectiva sentencia. La aplicación de estas medidas estará supeditada a que las fechas de antigüedad en los empleos resultantes de la revisión no sean posteriores a las fechas en las que los afectados cumplan 61 años de edad.
3. Con carácter previo a la ejecución efectiva del nuevo reordenamiento, por el Ministerio de Defensa se procederá a:
a) Reordenar a los oficiales de las Escalas auxiliares y Cuerpo auxiliar de especialistas, conforme a lo establecido en el apartado 2.
b) Publicar los escalafones provisionales de referencia correspondientes al nuevo ordenamiento, especificando para cada oficial el empleo y la antigüedad en el mismo que hipotéticamente le correspondería, así como la fecha en la que cumplan 61 años de edad, habilitando un plazo de tres meses para la presentación de alegaciones, que deberán resolverse en el plazo de seis meses a contar desde la fecha límite para presentación de alegaciones.
c) Publicar los escalafones de referencia definitivos, una vez resueltas las alegaciones citadas en el párrafo anterior.
4. El Ministerio de Defensa transformará los escalafones provisionales de referencia en escalafones efectivos incorporando al personal afectado, de oficio y de forma progresiva, a la situación en el escalafón que les corresponda en el nuevo ordenamiento con, en su caso, los consiguientes ascensos, el primero de mes del de la fecha en la que cada uno cumpla los 61 años de edad.
Para los que ya hubieran cumplido los 61 años, cuando se pueda materializar la nueva posición en el escalafón se hará con efectos de la entrada en vigor de esta ley.
5. A los que hayan pasado a retiro con anterioridad a la publicación de los escalafones provisionales de referencia, a los que se refiere el apartado 3, les serán revisadas las fechas de antigüedad y, en su caso, empleo que tuvieran antes de su pase a retiro, si lo solicitan dentro del plazo de seis meses a contar desde la publicación de los citados escalafones provisionales. Esta revisión no podrá conllevar antigüedades en los empleos resultantes de la revisión posteriores a las fechas en las que los afectados cumplieron 61 años de edad.
6. La aplicación de estas medidas al personal en reserva procedente de reserva transitoria quedará supeditada a que las fechas de antigüedad en los empleos resultantes de la revisión sean anteriores a la fecha en que cada uno se integró en la reserva transitoria. A partir de ese cambio de situación sólo se le reconocerá un ascenso en aplicación del Real Decreto 1000/1985, de 19 de junio, por el que se establece la situación de reserva transitoria en el Ejército de Tierra.
7. Los oficiales de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas que, con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, tuvieran limitación legal para alcanzar determinados empleos o hubiesen perdido puestos en el escalafón por aplicación de la legislación mantendrán estas limitaciones.
8. Cualquiera de las nuevas situaciones generadas en aplicación de esta disposición no tendrá para ninguno de los interesados efectos económicos anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta ley.
Disposición adicional undécima. Referencias a la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.
En las disposiciones vigentes, las referencias y remisiones a la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, se entenderán efectuadas a esta ley.”
POR TODO LO QUE ANTECEDE SOLICITAMOS A VD Y A SU GRUPO PARLAMENTARIO PARA QUE ATIENDA NUESTRAS PETICIONES DE ENMIENDA A LA DA10ª DE LA L. C. M, COMO A CONTINUACIÓN DETALLAMOS:
Que la citada D. A. 10ª de la Ley de la Carrera Militar PARA NO SER NUEVAMENTE DISCRIMINATORIA (CON LOS COMPONENTES DEL XXXII AL XXXV CURSO DE LA E.AUX Y SUS CORRESPONDIENTES DEL CAE) SE DEBE MODIFICAR Y QUEDAR REDACTADA DEFINITIVAMENTE COMO DETALLAMOS:
“Disposición adicional décima. Reordenamiento de los escalafones de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra.
1. Esta disposición es de aplicación a los oficiales de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra, cuyo orden de escalafón se vio alterado por la ejecución de resoluciones jurisdiccionales en términos diferentes, con excepción de los oficiales que no realizaron o no superaron el curso de aptitud para el acceso a las Escalas auxiliares y al Cuerpo auxiliar de especialistas.
2. El Ministerio de Defensa procederá a escalafonar a los oficiales de las Escalas auxiliares de infantería, caballería, artillería, ingenieros, intendencia, sanidad, farmacia y veterinaria y a los del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra, con excepción de los que se encuentren en retiro, reordenándolos por cursos de aptitud para el acceso a las citadas escalas y, dentro de cada curso, por la puntuación en él obtenida, asignándoles los empleos y antigüedad que en cada caso proceda y de forma que a ninguno de los militares afectados por las sentencias se les asigne un empleo ni una antigüedad inferior a la que se haya derivado de la aplicación de la respectiva sentencia. La aplicación de estas medidas estará supeditada a que las fechas de antigüedad en los empleos resultantes de la revisión NO SEAN POSTERIORES A LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DE ESTA LEY.
3. Con carácter previo a la ejecución efectiva del nuevo reordenamiento, por el Ministerio de Defensa se procederá a:
a) Reordenar a los oficiales de las Escalas auxiliares y Cuerpo auxiliar de especialistas, conforme a lo establecido en el apartado 2.
b) Publicar los escalafones provisionales de referencia correspondientes al nuevo ordenamiento, especificando para cada oficial el empleo y la antigüedad en el mismo que hipotéticamente le correspondería A LA ENTRADA EN VIGOR DE ESTA LEY, habilitando un plazo de tres meses para la presentación de alegaciones, que deberán resolverse en el plazo de seis meses a contar desde la fecha límite para presentación de alegaciones.
c) Publicar los escalafones de referencia definitivos, una vez resueltas las alegaciones citadas en el párrafo anterior.
4. El Ministerio de Defensa transformará los escalafones provisionales de referencia en escalafones efectivos incorporando al personal afectado, de oficio y de forma progresiva, a la situación en el escalafón que les corresponda en el nuevo ordenamiento con, en su caso, los consiguientes ascensos, el primero de mes de la fecha en la que ENTRE EN VIGOR ESTA LEY.
Para los que ya hubieran cumplido los 61 años, cuando se pueda materializar la nueva posición en el escalafón se hará con efectos de la entrada en vigor de esta ley.
5. A los que hayan pasado a retiro con anterioridad a la publicación de los escalafones provisionales de referencia, a los que se refiere el apartado 3, les serán revisadas las fechas de antigüedad y, en su caso, empleo que tuvieran antes de su pase a retiro, si lo solicitan dentro del plazo de seis meses a contar desde la publicación de los citados escalafones provisionales. Esta revisión no podrá conllevar antigüedades en los empleos resultantes de la revisión posteriores a las fechas en las que los afectados cumplieron 61 años de edad.
6. La aplicación de estas medidas al personal en reserva procedente de reserva transitoria quedará supeditada a que las fechas de antigüedad en los empleos resultantes de la revisión sean anteriores a la fecha en que cada uno se integró en la reserva transitoria. Pudiendo darse el caso que el ascenso que les corresponda en RT sea el de comandante, aunque se hubieran marchado de subtenientes a la citada situación de RT, al descontarles el tiempo que indebidamente pasaron sin ser convocados al Curso de la E.AUX.CAE. Estos ascensos serán de forma inmediata A LA ENTRADA EN VIGOR DE ESTA LEY. A partir de ese cambio de situación sólo se le reconocerá un ascenso en aplicación del Real Decreto 1000/1985, de 19 de junio, por el que se establece la situación de reserva transitoria en el Ejército de Tierra.
7. Los oficiales de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas que, con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, tuvieran limitación legal para alcanzar determinados empleos o hubiesen perdido puestos en el escalafón por aplicación de la legislación mantendrán estas limitaciones.
8. Las nuevas situaciones generadas en aplicación de la presente disposición tendrán para los interesados efectos económicos de carácter retroactivo, cinco años anteriores a la publicación de la citada resolución.
Disposición adicional undécima. Referencias a la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.
En las disposiciones vigentes, las referencias y remisiones a la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, se entenderán efectuadas a esta ley.”
ADEMÁS SU SEÑORÍA DEBERÁ RECOGER EN LA NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR (PARA NO DISCRIMINAR A ESTE PERSONAL DE RESERVA PROCEDENTE DE RESERVA TRANSITORIA) QUE EL PERSONAL EN RESERVA PROCEDENTE DE LA RESERVA TRANSITORIA PASARÁ A PERCIBIR SUS RETRIBUCIONES (COMO EL RESTO DE PERSONAL EN RESERVA) DE LA MISMA MANERA QUE EL PERSONAL EN SERVICIO ACTIVO SIN DESTINO, HASTA LA EDAD DE 63 AÑOS.
ESTO ES EN DEFINITIVA LO QUE ESPERAMOS LOS AFECTADOS, PARA QUE LAS INJUSTICIAS Y AGRAVIOS PROVOCADOS POR LA ADMINISTRACIÓN Y LOS LEGISLADORES DEL ESTADO DE DERECHO, AL PERSONAL DEL CUERPO DE SUBOFICIALES, ESCALA AUXILIAR Y DEL CAE DEL E.T. DESDE 1977 SE REPAREN
Es justicia que pedimos en Madrid, 2 de diciembre de 2006
FDO. EL ÓRGANO COLEGIADO DE AMEAUXET
Cita:
Escrito por barrelo0 Compañero COE: El asunto que aquí nos reune de vez en cuando no es de lamentación sino de determinación para solucionar el problema que INDEBIDAMENTE NOS HA CAUSADO EL ESTADO.
Nadie hace nada, salvo honrosa excepciones.
Algunos ni opinan y otros que lo hacen abiertamente se levantan en garantes y defensores de una CLAUDICACIÓN y dan por sentado que el ascenso correcto y que nos corresponde es a los 61 años, sin atrasos.
Al no haber indemnización (nuestos compañeros fallecidos y algunos de nosotros que a lo mejor no llegamos a los 61 años) no hay justicia para todos.
El ascenso debe ser por fecha de APTITUD y no por edad, lo contrario es una claudicación. Que no merece siquiera plantearse una LUCHA
Además se debe descontar el tiempo indebidamente que pasamos de brigada y subteniente al no ser convocados a los cursos correspondientes en su momento (PREVARICANDO EL JEME) y dar nuestras vacantes a la E. de Complemento, que se tenían que haber marchado a la calle cuando terminaron su periodo de complementación.
Igual baremo se aplicó para favorecer a los de Oficinas Militares y de la Escala de Oficiales y de la ESO que ocuparon nuestras vacantes. CON EL CONSIGUIENTE PERJUCIO ECONÓMICO Y PROFESIONAL DE TODOS CONOCIDOS.
La LUCHA es y debe ser ACTIVA dejando oir nuestras voces de todas las formas y maneras posibles, dentro de la legalidad.
HACE TIEMPO SE PLANTEÓ LA MANIFESTACIÓN ACTIVA DE LOS AFECTADOS, FAMILIARES Y AMIGOS. SOMOS UN NÚMERO DECIDIDO DE 30 PERSONAS A LLEVARLO A EFECTO.
PERO ¿CUÁNTOS SOMOS LOS AFECTADOS?
un saludo =========================================== Estoy totalmente de acuerdo con epqmaco en su articulo, una vez mas pretenden poner otro parche cuando lo que obligatoriamente deben de hacer es arreglarlo todo según marca la ley, no intentando vejar y escatimar euros miserablemente a costa de seguir cometiendo esa grave injusticia con esta escala.
No queremos a título póstumo lo que nos corresponde desde hace 18 años y que miserablemente nos siguen arrebatando, es humillante aceptar que de los 65 años lo pasen a los 61, es algo como decir: Te estoy robando 10, pero ahora voy a ser bueno y solo te robaré 8.
Migajas no, tengamos dignidad y rechacemos que nos sigan pisando vilmente.
Reconozco que tanto el Colectivo de Esposas de Oficiales de la Esc.Aux. y CAEs, AMARTE y “Otros”, hayan luchado por conseguir rebajar la edad de los 65 a los 61, pero ese logro desde mi punto de vista e integridad personal es muy pobre y humillante, todo un error, tampoco me doy con un canto en los dientes como dice Antonio R.R. por ello, aunque es cierto que dentro de lo malo, eso es menos malo.
Nosotros no somos terroristas para que nos rebajen la pena impuesta, somos parte de esa ciudadanía (como tildan algunos) que hemos entregado muchos años de nuestra vida por la Patria (aunque para determinada gente les suene a ultraderecha), solo pedimos lo que nos corresponde: Al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios.
Desde aquí quiero expresar mi homenaje a esos compañeros ya fallecidos que lucharon por que se nos haga justicia y que no verán ese momento.
Como dice Julio, el PSOE pierde votos. Yo personalmente hago un llamamiento a todos los compañeros y sus familiares que se sienten engañados y humillados por este trato discriminatorio y vejatorio para que no voten jamás a los que no tienen intención de solucionar adecuadamente este ATENTADO ANTIDEMOCRATICO propio de dictaduras bananeras con la Esc. Aux. y CAEs y con los que estamos en RESERVA A PETICION PROPIA (aproximadamente entre 200 y 300) siendo discriminados salarialmente con respecto a muchos otros compañeros y coroneles en la misma situación pero que ellos perciben el 100x100 y nosotros perdemos el 20%, por el simple capricho maligno e inutilidad de los correspondientes responsables en el ministerio de Defensa.
Compañero epqmaco, no tires la toalla pues el derecho al pataleo o expresarnos públicamente de forma legal pese a las limitaciones que tenemos, no nos impide que sigamos trabajando en ello y a los que pueden hacerlo libremente (R.T.), sugiero y les animo a que envíen estas opiniones a todos los medios de comunicación para conocimiento de la “ciudadanía” del atropello vil y miserable que somos objeto por parte de nuestro M.D. y del PSOE.
No debemos permanecer abatidos moralmente sino muy al contrario, con mucha voluntad de lucha contra las injusticias, que es lo que hemos mamado y nos han enseñado en nuestra vida militar. Haced todo lo que cada uno pueda y las asociaciones no hacen de momento.
El PP tuvo la oportunidadde solucionarlo en su momento pero cometió un error, ahora puedeintentarlo para que ese anteproyecto nosiga adelante denunciándolo públicamente si es que no puede hacer nadaoficialmente.
UN SALUDO CORDIAL PARA TODOS =========================================== Hola buenas, no!!! no te equivoques, los que mandan son los de siempre y ahora más en democracia, con Paco se andaban con más cuidado a la hora de ser justo, le podia costar un buen digusto una mala gestión. sobetodo si se trataba de uan discriminación de un colectivo.... Habia lo que habia y a mi no me gustaba. pero no se jugaba con las cosas de comer comolo hacen ahora.
Ahora presentan la Ley elaborada por los madamases a los respectivos ministros,y firma alcanto, bueno yo iria más allá a lo mejor ni la elabora el JEME ... seguro que algun sesudo que lleva tres dias con mañana que está por encima del bien y del mal y los agravios y discriminaciones se la pelan, bueno yo diria un teórico pero!! que a mi no me toquen. y así pasa lo que pasa.
Muchos suboficiales Mayores y mucho mcho , pero de representación nada, y a las pruebas me remito. me refiero a los asuntos sociales, no a los de otra indole, que para ellos si que estoy de acuerdo de que tenemos unos buenos oficiales en su mayoria bien preparados.
Un saludo
===========================================
No a la disposición adicional duodécima sobre reordenamiento de los escalafones de las Escalas Auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas del E.T.
La aprobación de esta disposición supone para la Escala Auxiliar y CAE una nueva discriminación por parte de las fuerzas políticas, sin excepción, hacia los sufridos integrantes de estas escalas.
La única resolución que debemos aceptar es el reconocimiento, que se nos debe, de los tiempos "robados" desde que nos correspondía hacer los cursos de aptitud hasta que fuimos convocados para realizarlos.
Cualquier aceptación, por nuestra parte, de todo lo que no signifique esta reparación, supondrá por nuestra parte una bajada de pantalones, con perdón.
Por lo tanto, debemos exigir que cambien esta disposición y la adecúen a nuestras legítimas peticiones.
Se impone un envío masivo de peticiones, tanto al Ministerio de Defensa como al Congreso de los Di----dos y prensa nacional.
Y como último recurso, ya se ha hablado de ello en este foro, una manifestación ante el Minisdef o ante el Congreso.
Creo que debemos apresurarnos para no caer en el olvido.
Saludos -------------------------------------------------------------------------
Ha llegado la hora de la reválida para las Asociaciones militares, ante la polémica LEY DE LA CARRERA MILITAR, que en breve, será presentada en la Cámara Alta del Parlamento para su debate. Entre otras existen grandes injusticias , a saber:
Se le sigue considerando al Militar ciudadano de segunda clase, sin amparo de ningún tipo, ante las injusticias que comete el Poder Legislativo.
La posible PREVARICACIÓN, que cometió el Gobierno franquista por el año 1.974, al declarar( a su libre albedrio), a extiguir la Escala Auxiliar, cuando los Jóvenes del Cuerpo de Suboficiales, de la que se nutria, no pasarían a retiro , hasta el año, 2.015 , dejando a este colectivo sin esperanzas , ni expectativas para su carrera militar, el JEME no queria ver que un oficial de la Auxiliar, diera alguna órden al de la Activa.
Pedir el AMPARO, al Fiscal General del Estado, como defensor de los ciudadanos, para que investigue, donde fueron a para las plantillas del colectivo de la Escala Auxiliar.
En fin. árdua labor de las Asociaciones que nos representan, a mi parecer, tendrían que unirse, y todos a una , como en Fuenteovejuna, ponerle los puntos sobre las íes al Gobierno.
Veremos en que queda todo.
Un saludo
-------------------------------------------------------------------------
Esperamos que nos sepais disculpar , pues cuando hemos querido colocar los Documentos que citamos sobre la Escala Auxiliar y CAE, últimos recibidos del Ministerio de Defensa , Y de la Subsecretarìa de Defensa, no los admite, seguramente ocupan demasiado y no entran en el correo. En sìntesis dicen que estudian las posibilidades de mejora del arreglo previsto, y que nos daràn la oportuna contestaciòn a la mayor brevedad posible.
Se ha solicitado que a ser posible se publique por medio de un DECRETO-LEY, para que entre en vigor en el mismo momento de su publicaciòn , sin mas esperas.- y que no se hiciera menciòn expresa a la edad de 61 años , sino PASADO O PASEN A PARTIR DE LA LEY 17/1999 A LOS 61 AÑOS.
Esperemos que en esta ocasiòn nos tengan en cuenta estas peticiones, y se haga asì, para que algunos Oficiales mas jòvenes ( aunque sean mas antigüos ) no tengan que esperar a los 61 años para que se hagan efectivos en ellos los beneficios de la Reordenaciòn y ascensos que correspondan.
Un abrazo de :
Rosalìa. |
Tod@s somos necesarios, ya tenemos otro frente abierto más. Alonso parece que quiere quitar al personal en reserva lo que Bono nos dió...
Apreciada Rosalia:
Como portavoz del órgano colegiado AMEAUXETqueremos puntalizar que: no es ni ha sido intención de ningún miembro de la E:AUX.CAE criticar el bien hacer y saber estar del colectivo de esposas de la escala auxiliar y cae del et, ni mucho menos.Ninguna esposa (de nuestros compañeros) representante de este honorable colectivo de esposasa merece nuestras críticas, al contrario...
FELICITACIONES POR VUESTRA LABOR. En todo caso nuestras críticas son contra el JEME Y LOS POLÍTICOS, y si me apuras de refilón a los compañeros que se quedan A LA SOMBRA A VERLAS VENIR. Nunca para el colectivo de esposas de la escala auxiliar y cae que tantos años lleva al frente de esta lucha desigual y altruista.
PERDONARNOS, si de alguna manera os hemos ofendido manifestado lo de bajada de pantalones y moneda falsa simplemente es para que veaís nuestra postura y sirva de catarsis combativa contra el nuevo fraude que nos presentan nuestros GENERALES.
SON LOS GENERALES los principales responsables de este desaguisado (no el colectivo de esposas) que nos ha tocado comer y que seguimos intentando digerir.
REPETIMOS ALTO Y CLARO, nunca contra el colectivo de esposas y mucho menos somos nosotros quienes para criticar vuestra labor de TITANES POR LOS DERECHOS DE LA E.AUX.CAE.
Todos sabemos que los políticos y el JEME van hacer lo que les venga en gana con nuestros derechos, es decir pisotearlos una vez más. Y lo están haciendo, por eso nuestra oposición a esa limosna.
PREFERIMOS MORIR SIN NADA Y SEGUIR LUCHANDO, (AUNQUE NO SEA TENER LOS PIES EN EL SUELO) no hay mal que por bien no venga. ¡¡¡QUE TENGAMOS SUERTE!!! PUÉS RAZÓN NO NOS FALTA.
FELICITACIONES PÚBLICAS POR VUESTRA LABOR EN NOMBRE DEL ÓRGANO COLEGIADO DE AMEAUXET. Esperamos poder seguir luchando juntos, motivos tenemos. Siempre nos tendréis a vuestro lado y nunca en frente.
UN SALUDO
Cita:
Escrito por barrelo1
Una vez ascendido el personal en activo, inmediatamente se debe ascender al personal en reserva procedente de la reserva transitoria y que no haya obtenido ningún ascenso por el artículo 5º del RD 1000/85
Derecho Reservado De AdmisiÓn En El Minisdef
Apreciados colegas:
El MINISDEF, ha utilizado ”tácticas de guerra encubiertas” en la elaboración del Anteproyecto Ley de la Carrera Militar.
Han conseguido los JERIFALTES DE DEFENSA, que se apruebe dicho anteproyecto sin la participación activa de los interesados, lease asociaciones de militares, y han obtenido BUENA NOTA; ya que, sus privilegios se seguiran respetando interesadamente y en detrimento de las aspiraciones profesionales de sus subordinados.
Han utilizado cortinas de humo para una perfecta ocultación de las vistas ”enemigas ... sus subordinados” .Se han tirado más de un año de macutazo en macutazo, nada claro. Y menos se ha podido discutir seriamente para que saliese tan importante Ley con el consentimiento de las ASOCIACIONES, o como mínimo haber planteado sus reivindicaciones profesionales y nacionales, con una mínima posibilidad de exito.
Los GENERALES han rentabilizado y optimizado sus privilegios de clase, para que sigan existiendo tantos generales y coroneles sin posibilidad real de ejercer mando. ¿dónde está entonces la tan traida y llevada proporción con la E.AUX, CAE en 1989 y 1990, y dónde queda la actual prporcionalidad entre jefes, oficiales, suboficiales y tropa de hoy?... ¿dónde queda las aspiraciones profesionales de los suboficiales?... ¿dónde queda el derecho adquirido y violado de las E.AUX.CAE?.
Las asociaciones militares españolas están en pañales en relación con las de su entorno geopolítco y militar europeo. En cuanto a la defensa de los intereses de sus subordinados se refiere.
A las ASOCIACIONES el JEME las deja desvirtuadas; no tienen gancho, les falta credibilidad ante sus socios y simpatizantes y correa de transmisión entre defensa y los socios.
No vale el plan amiguismo y las buenas maneras, eso no lo es todo, se pueden y deben usar las buenas maneras pero con instrumentos eficaces al servicio de sus socios y simpatizantes.
EL MINISDEF, ha negado a los suboficiales y eauxycae el agua y la sal desde hace muchas décadas. Hoy les ha negado el asiento a la lumbre con la Ley de la CARRERA MILITAR, es medio alimento profesional.
un saludo a los afectados por esta Ley de la Carrera Militar
escalas auxiliares y cae del ET
Sigue La Barbaridad Y El Abuso De Poder Contra Los Miembros De La E.AUX.CAE Por EL JEME Y LA DIGEPER...
Si la famosa ley sale adelante tal como la acabo de leer, a ver si alguien me puede aclarar de alguna forma las siguientes dudas existenciales que me asaltan a la mente:
Por un lado, ¿a cuento de qué se le regala dos años de antigüedad a los Tcol, Cte y Cap de la ESO?,
¿No tienen ya de por sí suficientes prebendas en comparación con el resto de componentes de las Fas.?,
¿No van a decir nada al respecto el resto de funcionarios de la Administración General del Estado del grupo A?
Me imagino que no les debe hacer mucha gracia que a un colectivo específico, también perteneciente al grupo A de la mencionada administración, se le regale dos años de antigüedad.
¿Es esto legal?
TAN LEGAL COMO QUE A LOS DE LA E.AUX.CAE NOS HAN QUITADO 30 AÑOS PARA DARSELO A LA ESO; EO; E.COMPLEMENTO Y E.OFICINAS MILITARES
¡que poca vergüenza!
¿ascenso A Los 61 AÑos Para La E.aux.cae?...¡que Clase De Burla Es Esta!
ESTO ES UNA BARBARIDAD...
Después de estar luchando durante 30 años por los derechos de los componentes de la E.AUX.CAE del ET. No se les puede ni debe pagar CON ESTA MONEDA FALSA,ascenso a los 61 años. Se quiso pagar con la moneda falsa delos 65 ños de edad, fue
denunciado por ello públicamente el General Bastarreche.
QUE CLASE DE BURLA ES ESTA...
QUE CONCIENCIA TIENEN NUESTROS POLÍTICOS ESPAÑOLES...
Así, se llevan a nuestros soldados lejos de la madre patria para morir por los intereses de las multinacionales americanas y europeas.
Se NIEGAN LOS POLÍTICOS A DEFENDER los derechos de todos los españoles, en este caso se ensañan con los miembros más desprotegidos del estado español, en cuanto a sus derechos fundamentales se refiere. Los componentes de la E.AUX.CAE
Un ejército pagado por todos y sólo al servicio de los ricos y poderosos.
LA INDEMNIZACIÓN se hace cada minuto que pasa más justa y necesaria para compensar a nuestros compañeros fallecidos.
Los últimos cinco años anteriores a la futura publicación de esta disposición adicional en la Ley de la Carrera Militar es la indeminación que como mínimo debemos percibir los DISCRIMINADOS.
INDEMNIZACIÓN SIMBÓLICA, SI, ya que el estado adeuda a cada miembro de la EAUXCAE 120.000€. Por el daño y perjuicio causado indebidamente a la eauxcae por el estado.
El ASCENSO se debe otorgar por fecha de APTITUD del CURSO DE OFICIAL y NUNCA POR EDAD.
A esta fecha de APTITUD habría que descontar además, por promociones, el tiempo que pasaron indebidamente en los empleos de brigada y subteniente los miembros de la eauxycae.
EL GOBIERNO, si fuera como debería ser. TENDRÍA QUE CONDENAR A LA CÚPULA MILITAR POR PREVARICACIÓN. Por haber entregado nuestras vacantes a la E. de Complemento; E.Oficinas MIlitares; E.de Oficiales y E.Superior de Oficiales, que hoy son todos CORONELES.
TAMBIÉN LOS DEBERÍAN CONDENAR por no haber respetado las proporciones entre suboficiales, oficiales y jefes. En las que basaron siempre la justificación del atropello cometido con las EAUXCE, para negarles su legítimo ascenso. Era y es UN DERECHO ADQUIRIDO
....
¿POR QUÉ SE LES POSTERGÓ?
¿La E. Aux, los beneficiados de Defensa?
Postergardos en sus derechos adquiridos.
Dicha postergación se ha traducido en dinero y que supone una perdida total de 65.000€ en 17 años....
Expulsados de la vivienda militar que algunos activos y civiles han comprado ... con menos derecho que la E. Aux que supone una pérdida en dinero 80.000€...en 2 años...
Relegados del CSCE que nos corresponderia percibir igual que los activos en 4 años 8.000€
Daños morales y perjuicios, amén del acoso laboral que fue palmario y descarado para que nos marchasemos del servicio activo Y QUE SE SIGUE PRODUCIENDO CON ACTIVOS DE E.AUX. Y CAE...
concluyendo
SRES GENERALES Y PORTAVOCES DE LA COMISIÓN DE DEFENSA DEL PSOE NO SE SIGAN ENSAÑANDO CON EL XXXII AL XXXV CURSO DE LAS ARMAS Y CUERPOS, ASÍ COMO LOS CORRESPONDIENTES DEL CAE
UN EAUX.CAE
Para E.aux.cae Del Et Del Xxxii Al Xxxv Curso Y Sus Correspondientes Del Cae
ENVIAR ENMIENDAS A LOS PORTAVOCES DEL CONGRESO DE LA COMISIÓN DE DEFENSA DE LOS DISTINTOS GRUPOS PARLAMENTARIOS... A TODOS... CORRER. ¡MOVEROS YA!
PARA EL PERSONAL EN RESERVA PROCENTE DE RESERVA TRANSITORIA
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La aplicación de estas medidas quedará supeditada a que las fechas de antigüedad en los empleos resultantes de la revisión sean anteriores a la fecha en que cada uno se integró en la reserva transitoria. Pudiendo darse el caso que el ascenso que les corresponda en RT sea el de comandante, aunque se hubieran marchado de subtenientes a la citada situación de RT. A partir de ese cambio de situación sólo se le reconocerá un ascenso en aplicación del Real Decreto 1000/1985, de 19 de junio, por el que se crea la situación de reserva transitoria en el Ejército de Tierra.
Los oficiales de las Escalas Auxiliares y del Cuerpo Auxiliar de Especialistas (CAE) que, con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, tuvieran limitación legal para alcanzar determinados empleos o hubiesen perdido puestos en el escalafón por aplicación de la legislación, mantendrán estas limitaciones. Para los ingresos con posterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, y en aplicación de lo que determina la disposición adicional octava punto 1 y 2 de la Ley 17/1999, podrán ingresar en dichas escalas hasta el 30 de junio de 2009, pero la pérdida de promociones o puestos en el escalafón, será definitivo, quedando escalafonados a continuación del último Oficial ingresado en su escala.
Las nuevas situaciones generadas en aplicación de la presente disposición tendrán para los interesados efectos económicos de carácter retroactivo, cinco años anteriores a la publicación de la citada resolución
Por Fin...¡hemos Perdido!...la E.aux. Cae Se Reordenara Por Edad Y No Por Aptitud..urra
BOLETÍN OFICIAL
DE LAS CORTES GENERALES
VIII LEGISLATURA
Serie A:
1 de diciembre de 2006 Núm. 114-1 PROYECTOS DE LEY
PROYECTO DE LEY 121/000114 De la carrera militar.
………………………………………………………………………………………..
Disposición adicional décima. Reordenamiento de los escalafones de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra.
1. Esta disposición es de aplicación a los oficiales de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra, cuyo orden de escalafón se vio alterado por la ejecución de resoluciones jurisdiccionales en términos diferentes, con excepción de los oficiales que no realizaron o no superaron el curso de aptitud para el acceso a las Escalas auxiliares y al Cuerpo auxiliar de especialistas.
2. El Ministerio de Defensa procederá a escalafonar a los oficiales de las Escalas auxiliares de infantería, caballería, artillería, ingenieros, intendencia, sanidad, farmacia y veterinaria y a los del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra, con excepción de los que se encuentren en retiro, reordenándolos por cursos de aptitud para el acceso a las citadas escalas y, dentro de cada curso, por la puntuación en él obtenida, asignándoles los empleos y antigüedad que en cada caso proceda y de forma que a ninguno de los militares afectados por las sentencias se les asigne un empleo ni una antigüedad inferior a la que se haya derivado de la aplicación de la respectiva sentencia. La aplicación de estas medidas estará supeditada a que las fechas de antigüedad en los empleos resultantes de la revisión no sean posteriores a las fechas en las que los afectados cumplan 61 años de edad.
3. Con carácter previo a la ejecución efectiva del nuevo reordenamiento, por el Ministerio de Defensa se procederá a:
a) Reordenar a los oficiales de las Escalas auxiliares y Cuerpo auxiliar de especialistas, conforme a lo establecido en el apartado 2.
b) Publicar los escalafones provisionales de referencia correspondientes al nuevo ordenamiento, especificando para cada oficial el empleo y la antigüedad en el mismo que hipotéticamente le correspondería, así como la fecha en la que cumplan 61 años de edad, habilitando un plazo de tres meses para la presentación de alegaciones, que deberán resolverse en el plazo de seis
meses a contar desde la fecha límite para presentación de alegaciones.
c) Publicar los escalafones de referencia definitivos, una vez resueltas las alegaciones citadas en el párrafo anterior.
4. El Ministerio de Defensa transformará los escalafones provisionales de referencia en escalafones efectivos incorporando al personal afectado, de oficio y de forma progresiva, a la situación en el escalafón que les corresponda en el nuevo ordenamiento con, en su caso, los consiguientes ascensos, el primero de mes del de la fecha en la que cada uno cumpla los 61 años de edad.
Para los que ya hubieran cumplido los 61 años, cuando se pueda materializar la nueva posición en el escalafón se hará con efectos de la entrada en vigor de esta ley.
5. A los que hayan pasado a retiro con anterioridad a la publicación de los escalafones provisionales de referencia, a los que se refiere el apartado 3, les serán revisadas
las fechas de antigüedad y, en su caso, empleo que tuvieran antes de su pase a retiro, si lo solicitan dentro del plazo de seis meses a contar desde la publicación de los citados escalafones provisionales. Esta revisión no podrá conllevar antigüedades en los empleos resultantes de la revisión posteriores a las fechas en las que los afectados cumplieron 61 años de edad.
6. La aplicación de estas medidas al personal en reserva procedente de reserva transitoria quedará supeditada a que las fechas de antigüedad en los empleos resultantes de la revisión sean anteriores a la fecha en que cada uno se integró en la reserva transitoria. A partir de ese cambio de situación sólo se le reconocerá un ascenso en
aplicación del Real Decreto 1000/1985, de 19 de junio, por el que se establece la situación de reserva transitoria en el Ejército de Tierra.
7. Los oficiales de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas que, con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, tuvieran limitación legal para alcanzar determinados empleos o hubiesen perdido puestos en el escalafón por aplicación de la legislación mantendrán estas limitaciones.
8. Cualquiera de las nuevas situaciones generadas en aplicación de esta disposición no tendrá para ninguno de los interesados efectos económicos anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta ley. Disposición adicional undécima. Referencias a la
Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.
En las disposiciones vigentes, las referencias y remisiones a la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, se entenderán efectuadas a esta ley.
…………………………………………………………………….
3. El Ministro de Defensa establecerá el procedimiento para solicitar y ejercer este derecho.
Disposición final séptima. Título competencial. Esta ley se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.4.ª de la Constitución.
Disposición final octava. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor el 1 de octubre de 2007.
AVISO A NAVEGANTES DE LA E.AUX.CAE DEL ET
==========================================
Apreciados colegas:
DE NUEVO LA E.AUX.CE EN CONCRETO (XXXII AL XXXV CURSO Y LOS CORRESPONDIENTES DEL CAE) HEMOS SIDO NUEVAMENTE HUMILLADOS Y VEJADOS POR LOS POLÍTICOS DEL PSOE.
NOS DISCRIMINARON EN EL AÑO 1989 POR LA DT.5ª LEY 17/89. CREADA A ÚLTIMA HORA Y CON EFECTOS DISCRIMINATORIOS Y APLICACIÓN CON CARÁCTER RETROÁCTIVO.
HOY POR LA D.A.10ª SE NOS VUELVE A DISCRIMINAR.
SE NOS CONCEDE UN REORDENAMIENTO POR EDAD EN VEZ DE POR FECHA DE APTITUD.
SOMOS LOS MÁS PERJUDICADOS DE TODO EL EJÉRCITO ESPAÑOL INCLUIDOS EL RESTO DE LA E.AUX.CAE.
LOS DEMÁS COMPAÑEROS DE LA E.AUX.CAE, SIN EMBARGO, TODOS FUERON OFICIALES EN ACTIVO INCLUIDO NUESTROS COMPAÑEROS QUE SIGUEN EN EL SERVICIO ACTIVO.
LOS QUE ESTAMOS EN RT SEGUIMOS DISCRIMINADOS DE POR VIDA....
SEGÚN PODEMOS APRECIAR POR LO QUE SE DESPRENDE DE LA LEY DE LA CARRERA MILITAR, PUBLICADA EL 1-12-2006 EN EL BOLETIN DE LAS CORTES GENERALES.....
BOLETÍN OFICIAL
DE LAS CORTES GENERALES
VIII LEGISLATURA
Serie A:
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.
(121) Proyecto de ley 121/000114
AUTOR: Gobierno.
Proyecto de Ley de la carrera militar.
Acuerdo:
Encomendar su aprobación con competencia legislativa plena, conforme al artículo 148 del Reglamento, a la Comisión de Defensa. Asimismo, publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, estableciendo plazo de enmiendas, por un período de quince días hábiles, que finaliza el día 21 de diciembre de 2006.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de noviembre de 2006 .— P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.
PROYECTO DE LEY DE LA CARRERA MILITAR
Exposición de motivos
Las grandes transformaciones políticas y sociales que ha vivido España en los últimos treinta años, así como el cambio de su posición en el escenario internacional de un mundo en rápida evolución, han tenido reflejo en las normas que establecen el marco jurídico de la defensa y en consecuencia en uno de sus recursos clave: el personal militar.
La Ley Orgánica 6/1980, de 1 de julio, reguladora de los Criterios Básicos de la Defensa Nacional y la Organización Militar inició el proceso de adaptación de nuestras Fuerzas Armadas al sistema político establecido por la Constitución de 1978. Dicha ley orgánica hacía referencia a que una serie de aspectos esenciales del régimen de personal, tales como la enseñanza militar, las escalas, el régimen de ascensos y recompensas, los sistemas de ingreso y retiro y los empleos de los miembros de las Fuerzas Armadas, se regularan por ley siguiendo los criterios unificadores que establecía.
Dicha exigencia se materializó en la Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional, que supuso un hito en la racionalización y fijación de criterios homogéneos en la política de personal militar. Previamente, el Real Decreto-ley 1/1988, de 22 de febrero, había dado paso a la incorporación de la mujer a las Fuerzas Armadas en consonancia con los cambios sociales acaecidos en España.
1 de diciembre de 2006 Núm. 114-1 PROYECTOS DE LEY
PROYECTO DE LEY 121/000114 De la carrera militar.
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Disposición adicional décima. Reordenamiento de los escalafones de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra.
1. Esta disposición es de aplicación a los oficiales de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra, cuyo orden de escalafón se vio alterado por la ejecución de resoluciones jurisdiccionales en términos diferentes, con excepción de los oficiales que no realizaron o no superaron el curso de aptitud para el acceso a las Escalas auxiliares y al Cuerpo auxiliar de especialistas.
2. El Ministerio de Defensa procederá a escalafonar a los oficiales de las Escalas auxiliares de infantería, caballería, artillería, ingenieros, intendencia, sanidad, farmacia y veterinaria y a los del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra, con excepción de los que se encuentren en retiro, reordenándolos por cursos de aptitud para el acceso a las citadas escalas y, dentro de cada curso, por la puntuación en él obtenida, asignándoles los empleos y antigüedad que en cada caso proceda y de forma que a ninguno de los militares afectados por las sentencias se les asigne un empleo ni una antigüedad inferior a la que se haya derivado de la aplicación de la respectiva sentencia. La aplicación de estas medidas estará supeditada a que las fechas de antigüedad en los empleos resultantes de la revisión no sean posteriores a las fechas en las que los afectados cumplan 61 años de edad.
3. Con carácter previo a la ejecución efectiva del nuevo reordenamiento, por el Ministerio de Defensa se procederá a:
a) Reordenar a los oficiales de las Escalas auxiliares y Cuerpo auxiliar de especialistas, conforme a lo establecido en el apartado 2.
b) Publicar los escalafones provisionales de referencia correspondientes al nuevo ordenamiento, especificando para cada oficial el empleo y la antigüedad en el mismo que hipotéticamente le correspondería, así como la fecha en la que cumplan 61 años de edad, habilitando un plazo de tres meses para la presentación de alegaciones, que deberán resolverse en el plazo de seis meses a contar desde la fecha límite para presentación de alegaciones.
c) Publicar los escalafones de referencia definitivos, una vez resueltas las alegaciones citadas en el párrafo anterior.
4. El Ministerio de Defensa transformará los escalafones provisionales de referencia en escalafones efectivos incorporando al personal afectado, de oficio y de forma progresiva, a la situación en el escalafón que les corresponda en el nuevo ordenamiento con, en su caso, los consiguientes ascensos, el primero de mes del de la fecha en la que cada uno cumpla los 61 años de edad.
Para los que ya hubieran cumplido los 61 años, cuando se pueda materializar la nueva posición en el escalafón se hará con efectos de la entrada en vigor de esta ley.
5. A los que hayan pasado a retiro con anterioridad a la publicación de los escalafones provisionales de referencia, a los que se refiere el apartado 3, les serán revisadas las fechas de antigüedad y, en su caso, empleo que tuvieran antes de su pase a retiro, si lo solicitan dentro del plazo de seis meses a contar desde la publicación de los citados escalafones provisionales. Esta revisión no podrá conllevar antigüedades en los empleos resultantes de la revisión posteriores a las fechas en las que los afectados cumplieron 61 años de edad.
6. La aplicación de estas medidas al personal en reserva procedente de reserva transitoria quedará supeditada a que las fechas de antigüedad en los empleos resultantes de la revisión sean anteriores a la fecha en que cada uno se integró en la reserva transitoria. A partir de ese cambio de situación sólo se le reconocerá un ascenso en aplicación del Real Decreto 1000/1985, de 19 de junio, por el que se establece la situación de reserva transitoria en el Ejército de Tierra.
7. Los oficiales de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas que, con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, tuvieran limitación legal para alcanzar determinados empleos o hubiesen perdido puestos en el escalafón por aplicación de la legislación mantendrán estas limitaciones.
8. Cualquiera de las nuevas situaciones generadas en aplicación de esta disposición no tendrá para ninguno de los interesados efectos económicos anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta ley.
Disposición adicional undécima. Referencias a la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.
En las disposiciones vigentes, las referencias y remisiones a la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, se entenderán efectuadas a esta ley.
…………………………………………………………………….
3. El Ministro de Defensa establecerá el procedimiento para solicitar y ejercer este derecho.
Disposición final séptima. Título competencial. Esta ley se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.4.ª de la Constitución.
Disposición final octava. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor el 1 de octubre de 2007.
Escrito por barrelo 01/12/2006 17:02
NOMBRES Y DIRECCIONES DE LOS DISTINTOS PORTAVOCES Y GRUPOS PARLAMENTARIOS DE LA COMISIÓN DE DEFENSA.
REMITIRLES POR CARTA CERTIFICA CON ACUSE DE RECIBO (URGENTE) LA ENMIENDA QUE NOSOTROS PROPONEMOS A LA D. A 10ª DE LA LEY DE LA CARRERA MILITAR. SOBRE REORDENAMIENTO DE ESCALAFONES DE LA E.AUX.CAE. (XXXII AL XXXV CURSO E.AUX. Y LOS CORRESPONDIENTES DEL CAE)
DIRECCIÓN:
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS (COMISIÓN DE DEFENSA) PLAZA DE LAS CORTES, 9 1º- 28014 – MADRID –
DIRIGIR ENMIENDA, A:
SR. PRESIDENTE COMISIÓN DE DEFENSA (PSOE).- Sr. Joaquín Leguina Herrán
Sr. VICEPRESIDENTE SEGUNDO (PP).- Sr. Arsenio Fernández de Mesa Díaz del Río
PORTAVOCES DE LA COMISIÓN DE DEFENSA
1.- Sr. Jesús Cuadrado Bausela (PSOE)
2.- Sr. Fernando López Amor García (PP)
3.- Sr. Gaspar Llamazares Trigo (GIU-ICV)
4.-Sr. Josep Maldonado i Gili (GC-CiU)
5.-Sr. Luis Mardones Sevilla (GC-CC-NC)
6.- Sr. Joan Cordón Puig (GER-ERC)
7.- Sr.- Iñaki Txueka Isasti (G vasco- EAJ-PNV)
ADSCRITO:
1.- Sr. Francisco Rodríguez Sánchez (GMx)
Estimadas compañeras: En primer lugar daros las gracias por vuestro apoyo y colaboración que de forma desinteresada y altruista habéis venido prestando como COLECTIVO ORGANIZADO a los miembros de la E.AUX.CAE.
En segundo lugar, después de haber sido informados de la decisión tan trágica que habéis tomado. Nos vemos obligado por la responsabilidad que tenemos como colectivo a mover ficha y tomar una decisión al respecto, ya que vuestra decisión de DEJAR LA LUCHA NO NOS PARECE ACERTADA. Son momentos críticos e importantes en esta última fase de esta “LUCHA” para INTENTAR CONSEGUIR LOS DERECHOS DE TODOS LOS E.AUX.CAE. REPETIMOS, NO NOS PARECE ACERTADA VUESTRA MARCHA. ES MAS, NO QUEREMOS QUE DEJÉIS LA LUCHA. No obstante, respetamos vuestra decisión.
Dicho esto, pasamos aclarar los malos entendidos que parecen ser la causa que ha REBOSADO EL VASO y llevado AL COLECTIVO DE ESPOSAS DE LA E.AUX.CAE a tomar la decisión de abandonar la lucha:
Primero.- Creíamos haber dejado aclarado el entuerto con nuestras disculpas en los post de todos los foros que disponemos: leerlos por favor, antes de imputarnos acusaciones falsas.
Segundo.- En cuanto al comentario “EL ENEMIGO LO TENEMOS EN CASA”. Evidentemente vosotras, EL COLECTIVO DE ESPOSAS, no sois nuestro enemigo, salta a la vista. Estas frases “El enemigo lo tenemos en casa” y “nos despellejan” hacen referencia a aquellos que siendo de la E. Auxiliar no solo se mantienen a la sombra sin querer dar el apoyo que todos necesitamos, si no que este mismo foro nos denostan.
Tercero.- En cuanto a los términos: CLAUDICACIÓN, BAJADA DE PANTALONES ETC, ya dijimos, que era para crear catarsis combativa entre los componentes de toda la E. AUX.CAE, no para ofenderos. Comprendemos la gran tensión que estáis atravesando en estos duros momentos y por ello vuestra sensibilidad la tenéis a flor de piel. No penséis en forma NEGATIVA, al contrario. Sabéis que si alguna cosa nos habéis pedido nos ha faltado tiempo para hacerla y publicarla.
Cuarto.- Decir públicamente, para vuestra satisfacción y conocimiento que si ALGO SE LOGRA habrá sido, en su mayor parte, gracias a vuestro esfuerzo y constancia, sin olvidar AMARTE Y ARFAGA. En cuanto a nuestra suerte es la vuestra y viceversa.
Para terminar deciros que AMEAUXET, como agrupación, no menosprecia a NADIE que haya participado en esta lucha y menos a un colectivo, como el vuestro, al servicio e interés de la E.AUX.CAE.
Por último para poner punto y final a este entuerto, pediros que recapacitéis antes de abandonar esta lucha, os necesitamos. Debemos crear unos cauces de contacto en los que intercambiemos nuestros puntos de vista antes de tomar una decisión y hacerla pública. Y si en algo os hemos ofendido, queremos que sepáis que no ha sido esa nuestra intención.
FDO. El órgano colegiado de AMEAUXET
ENVIAR ENMIENDAS A LOS PORTAVOCES DEL CONGRESO DE LA COMISIÓN DE DEFENSA DE LOS DISTINTOS GRUPOS PARLAMENTARIOS... A TODOS... CORRER.
PARA EL PERSONAL EN RESERVA PROCENTE DE RESERVA TRANSITORIA
La aplicación de estas medidas quedará supeditada a que las fechas de antigüedad en los empleos resultantes de la revisión sean anteriores a la fecha en que cada uno se integró en la reserva transitoria. Pudiendo darse el caso que el ascenso que les corresponda en RT sea el de comandante, aunque se hubieran marchado de subtenientes a la citada situación de RT. A partir de ese cambio de situación sólo se le reconocerá un ascenso en aplicación del Real Decreto 1000/1985, de 19 de junio, por el que se crea la situación de reserva transitoria en el Ejército de Tierra.
Los oficiales de las Escalas Auxiliares y del Cuerpo Auxiliar de Especialistas (CAE) que, con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, tuvieran limitación legal para alcanzar determinados empleos o hubiesen perdido puestos en el escalafón por aplicación de la legislación, mantendrán estas limitaciones. Para los ingresos con posterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, y en aplicación de lo que determina la disposición adicional octava punto 1 y 2 de la Ley 17/1999, podrán ingresar en dichas escalas hasta el 30 de junio de 2009, pero la pérdida de promociones o puestos en el escalafón, será definitivo, quedando escalafonados a continuación del último Oficial ingresado en su escala.
Las nuevas situaciones generadas en aplicación de la presente disposición tendrán para los interesados efectos económicos de carácter retroactivo, cinco años anteriores a la publicación de la citada resolución.
Apreciados compañeros remitir escritos solicitando se enmiende la D.A10ª de la Ley de la Carrera Militar para poder impugnar en un futuro la parte de LEY QUE NOS DISCRIMINA DENTRO DEL COLECTIVO DE LA E.AUX.CAE.
DEBÉIS PEDIR ENMIENDA A TODOS LOS PORTAVOCES DE LA COMISIÓN DE DEFENSA.
ANTES DEL 21-12-06
Para que NO le salga la jugada GRATIS AL MINISDEF.
UN SALUDO
Colectivo de Esposas de la Escala Auxiliar y CAE Rosalìa ( Portavoz )
(31/05/2006) 06:00 p.m.
Este Colectivo de Esposas de Oficiales de la Escala Auxiliar y CAE del Ejèrcito de Tierra, espera que la Reordenaciòn y ascensos del Personal de Oficiales de estas Escalas que llevan mas de 18 años de espera, en cumplimiento de mùltiples promesas de diversos Gobiernos y reconocido por el propio Ministerio de Defensa, en esta ocasiòn se lleve a efecto a ser posible en el plazo de 3 meses como dispone la nueva Ley de Tropa y Marinerìa,(antes del verano)y asimismo prometido por el propio Grupo Socialista ya en 2002 si lograba llegar a gobernar.Por medio de un DECRETO LEY ,si serìa posible ,para todo el Personal en situaciòn de Reserva por cualquier causa.
(Sin efectos econòmicos de caràcter retroactivo )
A LA COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Presidente Leguina.
Sr. Presidente:
La agrupación de militares de la escala auxiliar y cae del ejército de tierra
<<<AMEAUXET>>>
Le hacemos llegar nuestra más firme OPOSICIÓN a la introducción de la enmienda número 19 en la LTM para llevar a cabo el reordenamiento y escalafonamiento de los referidos militares y que se llevará a cabo, sino se remedia, en los términos recogidos en la misma, es decir, se les otorgará un ascenso en el mes anterior a que los afectados cumplan los 65 años de edad y con otorgamiento a título honorífico que nunca tendrá efectos económicos. Es decir, se les discrimina y congelan expureamente una vez más sus derechos.
Los miembros de la escala auxiliar y cae del ejército de tierra, formulamos por tanto, nuestra más enérgica QUEJA y nos oponemos a la publicación de la citada enmienda por ser HUMILLANTE PARA LA ESCALA AUXILIAR Y CAE en los términos redactados en la enmienda de nueva creación nº 19 en la LTM de 21.09.05 Serie A. Núm. 37-7-25, presentada por el portavoz del grupo socialista del Congreso, López Garrido. Nos oponemos a dicho enmienda además, por los siguientes
ARGUMENTOS
Primero.- La Escala Auxiliar y CAE del ejército de tierra ya fue DISCRIMINADA en el año 1989, por la enmienda número 36 y también de nueva creación y de última hora y que terminó conculcando y con carácter retroactivo los derechos ganados de los referidos militares (no expectativas) Al serles aplicada la DT5ª1 de la derogada Ley 17/89, que entró en vigor en enero de 1999, y a pesar de que tenían vacantes reguladoras para dar al ascenso de teniente en junio de 1988, al amparo de la Ley 40/84, y antes que otras escalas. Reunían todos y cada uno de los requisitos exigidos incluida la vacante. Sin embargo, se les negó el ascenso irregularmente. De dicha Ley injusta, 17/89, derivó la Ley 17/99, en vigor, y que en su D. A 8ª 3.1 arbitrariamente otra vez, concede el ascenso a teniente a los sargentos y brigadas que suspendieron el curso de oficial de nuestra promoción o posteriores. Dándose el caso que reciben hasta 2 ascensos en RT. Y a nosotros se nos sigue negando el ascenso a Capitán en RT y que nos corresponde al amparo del artículo 5º del RD 1000/85, y a pesar de que el ascenso a teniente otorgado en junio de 1999, es por merito propio y muy anterior a nuestro pase a RT. Con lo que se terminó una vez más vaciando de contenido todo su esfuerzo realizado para ingresar de Oficial en la Escala Auxiliar y CAE, en activo, en junio de 1988. Diferenciando una vez más a unos de otros como si de una vendetta se tratase.
Segundo.- Las Cortes Generales han reconocido en varias ocasiones, años 1994 y 1997 la injusticia de dicha norma DT5ª1. Dicha Cámara aprobó por mayoría que con carácter de urgencia se habilitaran las normas necesarias para reparar el agravio comparativo creado entre sus componentes. Una parte había seguido ascendiendo y son hoy comandantes, menos los afectados por la discriminatoria DT5ª1 que nunca pudieron ascender en activo a teniente. No ha sido reparado todavía tal
AGRAVIOCOMPARATIVO.
Tercero.- La situación se agravó todavía más, años más tarde, cuando los Tribunales reconocieron a compañeros nuestros y de promoción el ascenso a tenientes en la escala media con antigüedad en el empleo de teniente de 1992; son también comandantes. Nosotros tenemos sentencias del Tribunal Superior de Madrid negándonos dicho ascenso. A pesar que dicho tribunal reconoció al principio a esos compañeros nuestros de promoción el ascenso a teniente. Económica y profesionalmente hemos perdido mucho por esa injusta DT5ª1 de la Ley 17/89.
Cuarto.- Se argumentó para llevar a cabo dicha DISCRIMINACIÓN que era necesario sacrificar a los citados afectados para mantener la proporcionalidad entre oficiales y suboficiales. Sin embargo, todos sabemos de los ascensos masivos otorgados por el JEME y los Tribunales a la E. de Complemento, E. de Oficinas Militares, E. de Oficiales e incluso de la E.S.O a Coroneles. ¿Dónde queda la proporcionalidad entre suboficiales, oficiales y jefes?
Quinto.- Si nuestra DISCRIMINACIÓN se llevó a cabo por una Ley que afecta a todo el personal de CARRERA DE LAS FAS y por estar nosotros comprendidos en la Ley 17/99. Es ahí, donde se debe solucionar la DISCRIMINACIÓN económica y social y no en la Ley de Tropa y Marinería. Además entendemos que dicha inclusión en la Ley de Tropa y Marinería tiene visos de INCONSTITUCIONALIDAD por volver a conculcarnos derechos reconocidos y consolidados como militares de carrera.
Sexto.- Si nuestra DISCRIMINACIÓN que no sacrificio era necesaria para los intereses de la Defensa Nacional se debería haber SACRIFICADO EQUITATIVAMENTE A TODAS LAS ESCALAS DE OFICIALES y no sólo a la E. Auxiliar y CAE. Pero además, hubo distingos entre dicha escala auxiliar y cae, unos pudieron seguir ascendiendo y nosotros no. Léase XXXII al XXXV Curso de las Armas y Cuerpos y del IX al XVI del CAE que quedaron discriminados por esa norma injusta la DT5ª1 de la Ley 17/89.
Séptimo.- Creemos en AMEAUXET que es hora de reparar el daño causado a los afectados y sus herederos. Que se deberá llevar a cabo dicha reparación de la siguiente manera:
Reconocimiento para todos los componentes de la Escala Auxiliar y CAE la antigüedad de teniente de fecha de la declaración de aptitud, por existir vacante.
Reconocimiento de un ascenso al personal en RT, que como mínimo sería el de capitán por el artículo 5º del RD 1000/85, ya que el concedido de teniente es por mérito propio y muy anterior a su pase a la RT.
Reconocimientos de efectos económicos de capitán y comandante de cinco años anteriores a la publicación y entrada en vigor de la Ley que nos repare y reconozca nuestros derechos con fecha 1.1.06., para todos los componentes de la Escala Auxiliar y CAE.
Reconocimiento del ascenso a comandante a los 61 años de edad y con efectos económicos de la fecha en que cada uno cumpla los 61 años, sólo para el personal que este en Reserva procedente de RT y en Reserva.
Reconocimiento del ascenso inmediato a comandante para todo el personal en activo de la escala auxiliar y cae. Con efectos económicos de 1.01.06.
Si su señoría no remedia que entre en vigor dicha enmienda número 19 de la LTM, en los actuales términos nos volverá a discriminar otros 15 años más, es decir, de por vida.
Esta agrupación de militares de la escala auxiliar y cae espera de su justicia y su saber hacer para que dicte las normas necesarias que repare al colectivo afectado y a sus herederos. Reparación que se debe de hacer económica y moral, la una sin la otra dejaría coja la reparación de los daños y perjuicios causados indebidamente por el Estado.
Es justicia que esta agrupación reitera ante su señoría, a 18 de octubre de 2005
Firmado el órgano colegiado de AMEAUXET
AVISO A NAVEGANTES DE LA E.AUX.CAE DEL ET
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Apreciados colegas:
DE NUEVO LA E.AUX.CE EN CONCRETO (XXXII AL XXXV CURSO Y LOS CORRESPONDIENTES DEL CAE) HEMOS SIDO NUEVAMENTE HUMILLADOS Y VEJADOS POR LOS POLÍTICOS DEL PSOE.
NOS DISCRIMINARON EN EL AÑO 1989 POR LA DT.5ª LEY 17/89. CREADA A ÚLTIMA HORA Y CON EFECTOS DISCRIMINATORIOS Y APLICACIÓN CON CARÁCTER RETROÁCTIVO.
HOY POR LA D.A.10ª SE NOS VUELVE A DISCRIMINAR.
SE NOS CONCEDE UN REORDENAMIENTO POR EDAD EN VEZ DE POR FECHA DE APTITUD.
SOMOS LOS MÁS PERJUDICADOS DE TODO EL EJÉRCITO ESPAÑOL INCLUIDOS EL RESTO DE LA E.AUX.CAE.
LOS DEMÁS COMPAÑEROS DE LA E.AUX.CAE, SIN EMBARGO, TODOS FUERON OFICIALES EN ACTIVO INCLUIDO NUESTROS COMPAÑEROS QUE SIGUEN EN EL SERVICIO ACTIVO.
LOS QUE ESTAMOS EN RT SEGUIMOS DISCRIMINADOS DE POR VIDA....
SEGÚN PODEMOS APRECIAR POR LO QUE SE DESPRENDE DE LA LEY DE LA CARRERA MILITAR, PUBLICADA EL 1-12-2006 EN EL BOLETIN DE LAS CORTES GENERALES.....
BOLETÍN OFICIAL
DE LAS CORTES GENERALES
VIII LEGISLATURA
Serie A:
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.
(121) Proyecto de ley 121/000114
AUTOR: Gobierno.
Proyecto de Ley de la carrera militar.
Acuerdo:
Encomendar su aprobación con competencia legislativa plena, conforme al artículo 148 del Reglamento, a la Comisión de Defensa. Asimismo, publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, estableciendo plazo de enmiendas, por un período de quince días hábiles, que finaliza el día 21 de diciembre de 2006.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de noviembre de 2006 .— P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.
PROYECTO DE LEY DE LA CARRERA MILITAR
Exposición de motivos
Las grandes transformaciones políticas y sociales que ha vivido España en los últimos treinta años, así como el cambio de su posición en el escenario internacional de un mundo en rápida evolución, han tenido reflejo en las normas que establecen el marco jurídico de la defensa y en consecuencia en uno de sus recursos clave: el personal militar.
La Ley Orgánica 6/1980, de 1 de julio, reguladora de los Criterios Básicos de la Defensa Nacional y la Organización Militar inició el proceso de adaptación de nuestras Fuerzas Armadas al sistema político establecido por la Constitución de 1978. Dicha ley orgánica hacía referencia a que una serie de aspectos esenciales del régimen de personal, tales como la enseñanza militar, las escalas, el régimen de ascensos y recompensas, los sistemas de ingreso y retiro y los empleos de los miembros de las Fuerzas Armadas, se regularan por ley siguiendo los criterios unificadores que establecía.
Dicha exigencia se materializó en la Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional, que supuso un hito en la racionalización y fijación de criterios homogéneos en la política de personal militar. Previamente, el Real Decreto-ley 1/1988, de 22 de febrero, había dado paso a la incorporación de la mujer a las Fuerzas Armadas en consonancia con los cambios sociales acaecidos en España.
1 de diciembre de 2006 Núm. 114-1 PROYECTOS DE LEY
PROYECTO DE LEY 121/000114 De la carrera militar.
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Disposición adicional décima. Reordenamiento de los escalafones de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra.
1. Esta disposición es de aplicación a los oficiales de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra, cuyo orden de escalafón se vio alterado por la ejecución de resoluciones jurisdiccionales en términos diferentes, con excepción de los oficiales que no realizaron o no superaron el curso de aptitud para el acceso a las Escalas auxiliares y al Cuerpo auxiliar de especialistas.
2. El Ministerio de Defensa procederá a escalafonar a los oficiales de las Escalas auxiliares de infantería, caballería, artillería, ingenieros, intendencia, sanidad, farmacia y veterinaria y a los del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra, con excepción de los que se encuentren en retiro, reordenándolos por cursos de aptitud para el acceso a las citadas escalas y, dentro de cada curso, por la puntuación en él obtenida, asignándoles los empleos y antigüedad que en cada caso proceda y de forma que a ninguno de los militares afectados por las sentencias se les asigne un empleo ni una antigüedad inferior a la que se haya derivado de la aplicación de la respectiva sentencia. La aplicación de estas medidas estará supeditada a que las fechas de antigüedad en los empleos resultantes de la revisión no sean posteriores a las fechas en las que los afectados cumplan 61 años de edad.
3. Con carácter previo a la ejecución efectiva del nuevo reordenamiento, por el Ministerio de Defensa se procederá a:
a) Reordenar a los oficiales de las Escalas auxiliares y Cuerpo auxiliar de especialistas, conforme a lo establecido en el apartado 2.
b) Publicar los escalafones provisionales de referencia correspondientes al nuevo ordenamiento, especificando para cada oficial el empleo y la antigüedad en el mismo que hipotéticamente le correspondería, así como la fecha en la que cumplan 61 años de edad, habilitando un plazo de tres meses para la presentación de alegaciones, que deberán resolverse en el plazo de seis meses a contar desde la fecha límite para presentación de alegaciones.
c) Publicar los escalafones de referencia definitivos, una vez resueltas las alegaciones citadas en el párrafo anterior.
4. El Ministerio de Defensa transformará los escalafones provisionales de referencia en escalafones efectivos incorporando al personal afectado, de oficio y de forma progresiva, a la situación en el escalafón que les corresponda en el nuevo ordenamiento con, en su caso, los consiguientes ascensos, el primero de mes del de la fecha en la que cada uno cumpla los 61 años de edad.
Para los que ya hubieran cumplido los 61 años, cuando se pueda materializar la nueva posición en el escalafón se hará con efectos de la entrada en vigor de esta ley.
5. A los que hayan pasado a retiro con anterioridad a la publicación de los escalafones provisionales de referencia, a los que se refiere el apartado 3, les serán revisadas las fechas de antigüedad y, en su caso, empleo que tuvieran antes de su pase a retiro, si lo solicitan dentro del plazo de seis meses a contar desde la publicación de los citados escalafones provisionales. Esta revisión no podrá conllevar antigüedades en los empleos resultantes de la revisión posteriores a las fechas en las que los afectados cumplieron 61 años de edad.
6. La aplicación de estas medidas al personal en reserva procedente de reserva transitoria quedará supeditada a que las fechas de antigüedad en los empleos resultantes de la revisión sean anteriores a la fecha en que cada uno se integró en la reserva transitoria. A partir de ese cambio de situación sólo se le reconocerá un ascenso en aplicación del Real Decreto 1000/1985, de 19 de junio, por el que se establece la situación de reserva transitoria en el Ejército de Tierra.
7. Los oficiales de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas que, con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, tuvieran limitación legal para alcanzar determinados empleos o hubiesen perdido puestos en el escalafón por aplicación de la legislación mantendrán estas limitaciones.
8. Cualquiera de las nuevas situaciones generadas en aplicación de esta disposición no tendrá para ninguno de los interesados efectos económicos anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta ley.
Disposición adicional undécima. Referencias a la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.
En las disposiciones vigentes, las referencias y remisiones a la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, se entenderán efectuadas a esta ley.
…………………………………………………………………….
3. El Ministro de Defensa establecerá el procedimiento para solicitar y ejercer este derecho.
Disposición final séptima. Título competencial. Esta ley se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.4.ª de la Constitución.
Disposición final octava. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor el 1 de octubre de 2007.
Estoy totalmente de acuerdo con epqmaco en su articulo, una vez mas pretenden poner otro parche cuando lo que obligatoriamente deben de hacer es arreglarlo todo según marca la ley, no intentando vejar y escatimar euros miserablemente a costa de seguir cometiendo esa grave injusticia con esta escala.
No queremos a título póstumo lo que nos corresponde desde hace 18 años y que miserablemente nos siguen arrebatando, es humillante aceptar que de los 65 años lo pasen a los 61, es algo como decir: Te estoy robando 10, pero ahora voy a ser bueno y solo te robaré 8.
Migajas no, tengamos dignidad y rechacemos que nos sigan pisando vilmente. Reconozco que tanto el Colectivo de Esposas de Oficiales de la Esc.Aux. y CAEs, AMARTE y “Otros”, hayan luchado por conseguir rebajar la edad de los 65 a los 61, pero ese logro desde mi punto de vista e integridad personal es muy pobre y humillante, todo un error, tampoco me doy con un canto en los dientes como dice Antonio R.R. por ello, aunque es cierto que dentro de lo malo, eso es menos malo.
Nosotros no somos terroristas para que nos rebajen la pena impuesta, somos parte de esa ciudadanía (como tildan algunos) que hemos entregado muchos años de nuestra vida por la Patria (aunque para determinada gente les suene a ultraderecha), solo pedimos lo que nos corresponde: Al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios.
Desde aquí quiero expresar mi homenaje a esos compañeros ya fallecidos que lucharon por que se nos haga justicia y que no verán ese momento.
Como dice Julio, el PSOE pierde votos.
Yo personalmente hago un llamamiento a todos los compañeros y sus familiares que se sienten engañados y humillados por este trato discriminatorio y vejatorio para que no voten jamás a los que no tienen intención de solucionar adecuadamente este ATENTADO ANTIDEMOCRATICO propio de dictaduras bananeras con la Esc. Aux. y CAEs
y
con los que estamos en RESERVA A PETICION PROPIA y en RT (aproximadamente entre 1000 y 1500) siendo discriminados salarialmente con respecto a muchos otros compañeros y coroneles en la misma situación pero que ellos perciben el 100x100 y nosotros perdemos el 20%, por el simple capricho maligno e inutilidad de los correspondientes responsables en el ministerio de Defensa.
Compañero epqmaco, no tires la toalla pues el derecho al pataleo o expresarnos públicamente de forma legal pese a las limitaciones que tenemos, no nos impide que sigamos trabajando en ello y a los que pueden hacerlo libremente (R.T.), sugiero y les animo a que envíen estas opiniones a todos los medios de comunicación para conocimiento de la “ciudadanía” del atropello vil y miserable que somos objeto por parte de nuestro M.D. y del PSOE. No debemos permanecer abatidos moralmente sino muy al contrario, con mucha voluntad de lucha contra las injusticias, que es lo que hemos mamado y nos han enseñado en nuestra vida militar. Haced todo lo que cada uno pueda y las asociaciones no hacen de momento.
El PP tuvo la oportunidadde solucionarlo en su momento pero cometió un error, ahora puede intentarlo para que ese anteproyecto no siga adelante denunciándolo públicamente si es que no puede hacer nada oficialmente.
¡que si puede y debe!
UN SALUDO CORDIAL PARA TODOS
Estimada compalñera Rosalia:
La Labor inmensa que habéis desarrollado por la Escala Auxiliar, es inconmensurable, pero la solución que se pretender dar a la Escala Auxiliar y C.A.E., es a todas luces, la mayor injusticia social en una democracia.
Esta Ley margina de por vida y rompe la unidad de una Escala, por el mero hecho, de haberse ido , dentro de la legalidad a las opciones que en su día se nos dieron.
en la LEY, se nota una MANO NEGRA, sobre la Reserva Transitoria y la Reserva a petición propia, que margina totalmente a estos compañeros.
Se me hace tremendamente dificil comprender, que un Partido de ideología social, pueda legislar esta aberración(AQUÍ HAY GATO ENCERRADO.
ES EL MOMENTO DE LAS ASOCIACIONES , ASÍ COMO DE LOS COMPONENTES DE LA ESCALA, PARA QUE DENUNCIEN LA MARGINACION SOCIAL, QUE DAN A UNOS COMPONENTES DE ESTA ESCALA, PORQUE A LA POSTRE FUE UN BENEFICIO PARA EL ESTADO LA MARCHA DE ESTOS PROFESIONALES, QUE INDUDABLEMENTE LE HACIAN SOMBRA A LOS INTERESES DE LAS ESCALAS ACTIVA Y MEDIA.
LA SOLUCION JUSTA ES EL ESCALAFONAMIENTO POR CURSO REALIZADO , SIENDO INDIFERENTE EN LA SITUACION POR LA QUE SE FUERON. PUESTO QUE TODOS HICIMOS LOS PERTINENTES CURSOS QUE EN SU DÍA NOS EXIGIÓ LA ADMINISTRACIÓN.
UN ABRAZO
Son pocos los interesados de la E.AUX.CAE que opinamos de nuestra problemática (ALTO Y CLARO) y algunos que lo hacen (que si son de eauxcae no lo parecen) quieren perjudircarnos gratuitamente creando desunión, recelo y rencor entre nosotros mismos. En definitiva, tiran la piedra y esconden la mano diciendo verdades a medias.
Despellejan a la E.AUX.CAE no sólo los POLÍTICOS Y EL JEME, sino aquellos que otorgan y callan o dan por bien sentado el ascenso por edad y no por fecha de APTITUD, ignorando a nuestros compañeros que si LUCHARON y hoy veran su lucha fustrada al no recibir compensación económica sus herederos.
PARA LUCHAR hacen falta: CONSTANCIA, inteligencia, agallas, organización, dotes de liderazgo y actitud decidida para GANAR.
APRECIADOS COMPAÑEROS, SI QUITÁIS CREDIBILIDAD A LOS QUE ESTÁN LUCHANDO POR NUESTROS INTERESES PERDEREMOS LA ÚLTIMA BATALLA, ES DECIR LA GUERRA.
un saludo
SIGUE LA BURLA CON LA E.AUX.CAE DEL ET POR PARTE
DEL JEME
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¿Cómo se puede regalar a la ESO 2 años de antigüedad y por el contrario quitar a la E:AUX:CAE 30 años de antigüedad?
Estos Oficiales de la ESO ocuparon y se les reservaron NUESTRAS VACANTES QUE EL JEME PREVARICANDO "ROBO" A LA E.AUX.CAE...
HOY 30 AÑOS MÁS TARDE, A LOS MISMOS (ESO)Y PARA QUE LLEGUEN TODOS A CORONELES LES REGALA EL JEME DOS AÑOS DE ANTIGÜEDAD.
A LOS DE LAS E.AUX.CAE NO SÓLO NO LES QUITARON 30 ÁÑOS DE ANTIGÚEDAD, SINO QUE HOY LES VUELVEN A ROBAR 10 AÑOS. EL JEME PRETENDE CONCEDERLES UN ASCENSO, A LOS 61 AÑOS.
DICHO ASCENSO LES CORRESPONDÍA EN EL AÑO 1986 Y EN EL 1995 EL DE COMANDANTE.
¡QUE PAÍS! ¡ QUE POLÍTICOS! ¡QUE GENERALES!
"Si la famosa ley sale adelante tal como la acabo de leer me temo lo peor... a ver si alguien me puede aclarar de alguna forma las siguientes dudas:
¿a cuento de qué se le regala dos años de antigüedad a los Tcol, Cte y Cap de la ESO?
¿No tienen ya de por sí suficientes prebendas en comparación con el resto de componentes de las Fas.?
¡POR QUÉ A LAS E.AUX.CAE DEL XXXII AL XXXV CURSO Y SUS CORRESPONDIENTES DEL CAE LES PASARON DE OFICIO A LA ESCALA BÁSICA DE SUBOFICIALES NEGÁNDOLES EL ASCENSO A OFICIAL EN ACTIVO DE POR VIDA. QUEDARON POSTERGADOS POR LA DT5ª1 DE LA LEY 17/89 Y CON CARÁCTER RETROACTIVO!
Me imagino que no les debe hacer mucha gracia A LA E. AUX.CAE que a un colectivo específico, también perteneciente al grupo A de la mencionada administración, se le regale dos años de antigüedad y a ellos se les vuelva a retrasar 10 años.
¿Es esto legal?
TAN LEGAL COMO QUE... A LOS DE LA E.AUX.CAE LES HAN ROBADO CON LAS MISMAS LEYES 30 AÑOS DE ANTIGÜEDAD PARA DARSELO A LA ESO; EO; E.COMPLEMENTO Y E.OFICINAS MILITARES Y HOY 30 AÑOS MÁS TARDE LES VUELVEN A ROBAR OTROS DIEZ AÑOS, AL CONCEDERLES EL ASCENSO A LOS 61 AÑOS....
¡QUE POCA VERGÜENZA!